14
Oct
2016

Dignidad profesional. Vulneración de la ANSES. Accionar de la colegiación

El Consejo Superior del COLPROBA, del que el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa, enfrenta con firmeza la Resolución 306/2016 de la ANSES, violatoria de la Ley Arancelaria Nacional en cuanto a la regulación y cobro de honorarios de los abogados, que supone un menoscabo a la dignidad profesional. Objetivos y accionar.

El Consejo Superior del COLPROBA, del que el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa,  enfrenta con firmeza la Resolución 306/2016 de la ANSES, violatoria de la Ley Arancelaria Nacional en cuanto a la regulación y cobro de honorarios de los abogados, que supone un menoscabo a la dignidad profesional. En esa línea continúa el trabajo:

1) Los objetivos del Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados son compartidos por los abogados, quienes trabajan desde hace años por la justa retribución que merecen nuestros mayores. En ese sentido, el reconocimiento por parte de la ANSES de la necesidad de contar con un abogado significa un avance. 

Pero no se puede admitir la disposición que pretende imponer a los abogados una regulación de honorarios que quebranta la Ley Arancelaria y no cubre en forma alguna la integralidad del trabajo profesional.

2) Este Colegio ha interpuesto una acción declarativa de inconstitucionalidad, solicitando una medida cautelar que permita a los abogados obtener la regulación y cobro de sus honorarios profesionales en los términos de la Ley arancelaria.

3) El estudio exhaustivo y responsable del caso, el análisis de la propuesta del ANSES en consonancia con los antecedentes jurisprudenciales, la presentación y el seguimiento hasta la homologación del expediente judicial, están entre los servicios que el abogado brinda al jubilado.
Una tarea profesional que pretende ser remunerada con una cifra mezquina, que además en la Provincia de Buenos Aires sufre la deducción de las cargas previsionales y el impuesto a los Ingresos Brutos.

4) Es deber del COLPROBA seguir defendiendo el carácter alimentario de los honorarios y pugnar con todos los medios a su alcance frente a toda disposición que nos desvalorice como profesionales del derecho.
Si bien cada matriculado tiene la libertad de actuar según su criterio, creemos que admitir la imposición de la ANSES en este punto sería sentar un antecedente adverso y claudicar en la defensa de nuestros ingresos y de la dignidad profesional.de la necesidad de contar con un abogado significa un avance. Pero no se puede admitir la disposición que pretende imponer a los abogados una regulación de honorarios que quebranta la Ley Arancelaria y no cubre en forma alguna la integralidad del trabajo profesional.

Noticias

Hoy 31 de agosto, nos reunimos con los colegas que cumplieron 50 y 40 años de ejercicio profesional. Tras la bienvenida de la Sra. Presidenta del Colegio, Dra. Guillermina Soria, todos los homenajeados fueron saludados por las autoridades del Consejo Directivo. Las palabras de la Dra. Soria.
Agradeceremos a quienes puedan ayudar con su contribución a mitigar los efectos del reciente temporal que ha causado estragos en nuestra comunidad, como así también a difundir esta campaña solidaria. Recibimos las donaciones en Acassuso 454, de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 y en la sede de Pilar; o bien en Alvarado 1400 de Beccar.
El martes 29 de agosto el Consejo Directivo sesionará en la sede de Pilar. Al finalizar, se llevará a cabo un brindis en ocasión del día de la Abogacía. Invitación.
Anunciamos que con motivo de cumplirse el 25° aniversario de la implementación del Sistema acusatorio en la Provincia de Buenos Aires (1998-2023) se llevarán a cabo los días 6 y 7 de septiembre de 2023 unas Jornadas alusivas en la sede académica de nuestro Colegio, Acassuso 442, San Isidro. Más detalles. A la brevedad posible se publicará el inicio de las inscripciones -no aranceladas-.
Ante el dictado de la Circular n° 22/23 de la ANSES, el Colegio de Abogados de San Isidro expresó su total rechazo y envió carta documento intimando a la ANSES. La situación fue revertida por una nueva resolución del Organismo (PREV-11-71) que expresamente establece un formulario para otorgamiento de poder a fin de firmar y efectuar las presentaciones correspondientes al Plan de Pago Previsional.