09
Mayo
2013

DNI y Pasaporte. Nueva dirección desde el lunes 13 de mayo

Para tramitar DNI y Pasaportes en el Colegio, a partir del lunes 13 de mayo en el horario habitual –lunes a viernes de 8:30 a 15:00- los interesados deberán dirigirse a la sede de Acassuso 424-San Isidro- planta baja, Box nro.11. El teléfono es 4743-5720, interno 257. Los turnos se gestionan on line.

 

En Septiembre de 2011 se firmó el convenio entre el Ministerio del Interior de la Nación y el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires por el cual se acordó la posibilidad de realizar el trámite para el nuevo DNI y el nuevo Pasaporte en cualquiera de las sedes de los 19 (diecinueve) Colegios Departamentales. La posibilidad de efectuar dicho trámite en el Colegio beneficia a los matriculados (quienes deben tener OBLIGATORIAMENTE el pago de la matrícula al día)  y sus familiares.
A partir del lunes 13 del corriente la tramitación para gestionar la expedición de DNI y pasaportes se llevará a cabo en la sede del anexo del Colegio, sita en la calle Acassuso 424, planta baja, box nro. 11. El teléfono es 473-5720, int. 257. El correo electrónico es:    [email protected]r

Noticias

Se encuentra disponible el servicio de solicitud de partidas en línea mediante un link directo al Registro de las Personas. Los pasos a seguir para completar el trámite y generación de la boleta para su pago. Partidas gratuitas y partidas pagas.
Ante reiteradas medidas de fuerza tomadas por la AJB, este Colegio exige que: se garantice el libre acceso a Tribunales, las Mesas de entradas permanezcan abiertas, funcionarios y jueces estén a disposición de letrados, se reciban todos los escritos y se tomen las audiencias. Protocolo por incumplimientos y cursos de acción.
La “Caratula de Presentación de Documentos Judiciales” implementada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires acompañará a toda la documentación judicial proveniente de órganos jurisdiccionales de la Provincia, con exclusión de la que se refiera a servicios de publicidad y medidas cautelares: será obligatoria a partir del 3/7/17.
A disposición de los interesados los modelos de poder general y especial conforme lo normado por los arts. 284, 285, 363 y 1319 del Código Civil y Comercial (principio de libertad de formas) y los arts. 1015 y 1017 del mencionado Código (en cuanto a la no exigencia expresa de instrumento público para la acreditación del mandato para intervenir en juicio). Jurisprudencia.
En el escaparate de ofertas de turismo le acercamos una selección de beneficios a los que podrá acceder haciendo uso de su credencial vigente de matriculado del Colegio. Consulte para mayor información mediante la sección web, o llamándonos por teléfono.