03
Mar
2018

Dr. Antonio Pardo Méndez. Falleció el 2 de marzo de 2019

Las autoridades del Colegio de Abogados de San Isidro participan con profundo pesar que en el día de ayer ha fallecido el Dr. Antonio Pardo Méndez. Hacemos llegar a sus familiares, colegas y amigos nuestro más sentidas condolencias ante la partida del respetado colega. Descanse en Paz.
  •  DR ANTONIO PARDO -FOTO DE ARCHIVO- CAT. DE SAN ISIDRO 31 8 2013

Las autoridades del Colegio de Abogados de San Isidro participan con profundo pesar que en el día de ayer ha fallecido el Dr. Antonio Pardo Méndez, quien supo ser uno de los Colegas fundadores de la Institución. Además se desempeñó como Consejero suplente en el período 1992-1996.

Hacemos llegar a sus familiares, colegas y amigos nuestro más sentidas condolencias ante la partida del respetado colega.

Descanse en Paz.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.