07
Jun
2018

Dr. Daniel Burke, Presidente reelecto de la Caja

Hoy, 7 de junio de 2018, el Dr. Daniel Burke ha sido reelecto - por unanimidad- como Presidente de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires. El Dr. Burke es matriculado del Colegio de Abogados de San Isidro.
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Hoy, 7  de junio de 2018, el Dr. Daniel Burke -matriculado del Colegio de Abogados de San Isidro-,  ha sido reelecto  por unanimidad como Presidente de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Felicitamos al Dr. Daniel Burke y le auguramos el mayor de los éxitos en su gestión.

Conformación
Presidente: Dr. Daniel Burke
Vicepresidente 1°: Dra. Silvana Barreca (Colegio de Abogados de Zárate);
Vicepresidente 2°: Dr. Martín Rivas (Colegio de Abogados de La Matanza);
Secretario: Dr. Héctor Manuel Días (Colegio de Abogados de Quilmes);
Prosecretario: Dr. Aníbal Vidal (Colegio de Abogados de Bahía Blanca);
Tesorero: Dr. Juan Pedro Augé (Colegio de Abogados de La Plata);
Protesorero: Dr. Marcelo Díaz (Colegio de Abogados de Morón).

Noticias

Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.