18
Feb
2014

Dr. Héctor Horacio Tedesco (8/12/1936- 16/2/2014)

Con profundo pesar las autoridades del Colegio de Abogados de San Isidro comunican que el domingo 16 de febrero del corriente ha fallecido el Dr. Héctor Horacio Tedesco, quien se encontraba matriculado en este Departamento Judicial desde el momento fundacional de la Institución. Vaya a la par de esta participación las más sentidas condolencias a su Sra. esposa, familiares y amigos y al foro en general.

El Dr. Héctor Horacio Tedesco egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en 1959, supo abogar a lo largo de más de cincuenta años.
Se incorporó al Colegio de Abogados de San Isidro en su inicio histórico, por eso su matrícula lucía el primer tomo de inscripción.

Profesional de trayectoria impecable, varias veces conjuez de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, supo acompañar inclaudicablemente a lo largo de su vida los más variados proyectos del Colegio. Últimamente se desempeñaba como Miembro Titular del Tribunal de Arbitraje General.

No solo fue el quehacer forense su preocupación, todos los eventos culturales le interesaron participando activamente, por ej. en el Salón de Pintura del Abogado.
Generoso en sus conocimientos, durante muchos años en forma totalmente desinteresada, dictó cursos de Derechos reales para los colegas que recién se iniciaban en el ejercicio abogadil.

Pocas palabras de despedida, pero de un profundo sentimiento de admiración y respeto, para un colega que hizo del estudio, la seriedad profesional, la discreción y el gesto indefectiblemente amigable un sello de distinción que permanecerá en el recuerdo de todos.

 

Noticias

Con profundo pesar el Colegio de Abogados de San Isidro comunica el fallecimiento del Dr. Raúl Armando Ravalli, quien se encontraba matriculado en este Departamento Judicial desde el año 1975. Sus restos serán velados en la Casa de Sepelios sita en la Avda. Maipú nro.2170 de Olivos (frente a la Quinta Presidencial) , en el día de la fecha de 10:00 a 14:00.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."