04
Abr
2014

Dr. Roberto Maximino Mateo (13/7/1929 - 4/4/2014)

Con profundo pesar el Colegio de Abogados de San Isidro participa el fallecimiento del Dr. Roberto Maximino Mateo acaecido en el día de la fecha. Sus restos serán velados en la Cochería Sierra de San Isidro, a partir de las cinco de la tarde.

El Dr. Roberto Maximino Mateo, egresado como abogado en 1956 de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, fue miembro fundacional de esta Institución. Estaba inscripto al Tomo I, folio nro. 10 de la matrícula departamental.
Su extensa carrera profesional siempre estuvo acompañada por el quehacer colegial. Valga recordar que, a la par de integrar en calidad de Consejero Titular la primera conformación del Consejo Directivo de este Colegio,  su estudio fue sede de la primera reunión celebrada por dicho Consejo, exactamente el 18 de octubre de 1965.
Fue elegido nuestro Presidente en 1992.

El velatorio se llevará a cabo en la Cochería Sierra sita en Avenida. Centenario 500 de San Isidro. Ello será a partir de las 17:00 hasta mañana a las 10:00.
Las exequias serán oficiadas en la capilla del Colegio Plácido Marín. Luego  del Responso  sus restos serán trasladados al Cementerio de San Isidro.
Nuestras más sentidas condolencias a familiares, colegas y amigos.
 

Noticias

Con profundo pesar el Colegio de Abogados de San Isidro comunica el fallecimiento del Dr. Raúl Armando Ravalli, quien se encontraba matriculado en este Departamento Judicial desde el año 1975. Sus restos serán velados en la Casa de Sepelios sita en la Avda. Maipú nro.2170 de Olivos (frente a la Quinta Presidencial) , en el día de la fecha de 10:00 a 14:00.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."