21
Jun
2019

Dra. María del Carmen Magallanes, falleció el 20 de junio de 2019

En el día de ayer, 20 de junio de 2019 ha fallecido la Dra. María del Carmen Magallanes. Abogada de amplia trayectoria fue especialmente reconocida por su extensa y desinteresada labor profesional a favor de los más vulnerables prestando servicios en el Consultorio Jurídico Gratuito del Colegio de Abogados de San Isidro. Descanse en Paz.
  • Dra. María del Carmen Magallanes

El 20 de junio de 2019 ha fallecido la Dra. María del Carmen Magallanes.
Vayan nuestras más sentidas condolencias a sus familiares, colegas y amigos por quien supo ser una histórica colaboradora del Consultorio Jurídico Gratuito, asistiendo desinteresadamente a los carentes de recursos  a lo largo de 32 años. Se desempeñó como Sub Directora los días miércoles, desde su inicio hasta su jubilación. 

El velatorio es en la Cochería Veglia (Avda. Pres. Perón 2802 -Victoria- San Fernando), Sala B.
A las 13:00 partirá el cortejo fúnebre hacia el Cementerio Parque Ceremonial (Ruta Panamericana Km. 34,5 Acceso Norte, Ramal Pilar).
Descanse en Paz. 

Noticias

Las credenciales de Abogados emitidas por los respectivos Colegios Departamentales de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, que expresamente prevean su vencimiento, continúan manteniendo su validez hasta el 30 de junio de 2014. Así ha sido determinado por el Consejo Superior del Colegio Provincial.
Con profundo pesar el Colegio de Abogados de San Isidro comunica el fallecimiento del Dr. Raúl Armando Ravalli, quien se encontraba matriculado en este Departamento Judicial desde el año 1975. Sus restos serán velados en la Casa de Sepelios sita en la Avda. Maipú nro.2170 de Olivos (frente a la Quinta Presidencial) , en el día de la fecha de 10:00 a 14:00.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."