04
Oct
2017

Editorial del Inst. Interdisc.del Niño y la Familia: colaboraciones académicas

Con un prólogo del Dr. Juan Carlos Fugaretta, este Instituto inaugura un espacio quincenal de colaboraciones académicas. Se trata de Universitarios que han descubierto y se han perfeccionado en el derecho de los niños: " nos hallamos ante personas serias, quienes vislumbran un futuro mejor y por ello deben trabajar duro defendiendo a niños que sufren vulneración de sus derechos."

Con un prólogo del Dr. Juan Carlos Fugaretta, el Instituto Interdisciplinario del Niño y la Familia inaugura un espacio  quincenal de colaboraciones académicas (selecciondos de los trabajos presentados para la aprobación del Curso de Abogados del Niño), a instancias de las Dras. Diana Fiorini y Verónica Baldomé.

Prólogo

He sido convocado para el introito de un trabajo realizado por profesionales que tienen inquietudes diferentes al resto de los colegas. Son Universitarios que han descubierto y se han perfeccionado en el derecho de los niños.
Es evidente que nos hallamos ante personas serias, quienes vislumbran un futuro mejor y por ello deben trabajar duro defendiendo a niños que sufren vulneración de sus derechos.
Solos, los niños, no despiertan la atención de algún adulto y el interés de todos los adultos por su situación; por ello afirmamos que emprenden un trabajo notable.
La vulneración de derechos de ciertos niños, en el presente, acarrea consecuencias, por una parte: moldea el carácter, y por otra, condiciona las respuestas en el futuro, a los problemas que se le vayan presentando. Si el conjunto de los adultos lograra detenerse en su vértigo y apreciara la situación de tantos niños a lo largo del país, seguramente hallaríamos a muchas personas responsables y socialmente sensibles, amantes de la libertad, que podrían ayudar a resolver estos problemas.
La Paz en una sociedad es un trabajo constante, que se organiza y desarrolla entre todos los componentes de la misma, resultando el niño la pieza más importante, pues si pueden internalizar su pertenencia social, han de incorporar los “deberes”, que son un elemento fundante de la ciudadanía.
Estos Profesionales cuentan con la fuerza de su accionar, y con formación académica suficiente para abogar por los derechos de tan importantes personas en esta franja etaria, son niños y jóvenes que agradecerán siempre haber sido comprendidos y orientados en una etapa difícil, aunque no lo puedan manifestar de inmediato.
Es de recordar que también asumen la responsabilidad de ser líderes comunitarios, que deben iluminar con sus conocimientos al resto de la sociedad. Comprender el concepto de Protección Integral va a seguir importando un gran esfuerzo intelectual y de acción para que sea comprendido por todos, ese es un desafío para el que han sido entrenados, sólo resta asumirlo.
Quienes hemos trabajado en ese sentido, siempre, nos complace entregar la antorcha del derecho, la libertad y la esperanza a nuevos profesionales.

Primer capítulo

  • Abogado del Niño. Evolución normativa de la institución. Escribe María Teresa Pomilio
    Este trabajo tiene por objetivo brindar un acercamiento a la evolución del instituto del abogado del niño y su rol, que tiene como colofón final la inclusión en el Código Civil y Comercial de la Nación sancionado por la ley 26.994 (01-10-2014) con entrada en vigencia el día 1º de agosto de 2015, según ley 27.077; en su artículo 26 en concordancia con los artículos 101, 113, 596, 608, 617, 677, 706, entre otros. (Capítulo completo)

Segundo capítulo

  • El abogado del niño su importancia e incidencia en el proceso judicial. Por Mayra Cecilia Palacio
    En  materia de niñez  la “Protección integral de los derechos del niño, niña y adolescente” es la doctrina actual que se aplica en donde se considera a las  personas menores de edad sujetos titulares de derechos, a diferencia del anterior paradigma de minoridad de la “Situación irregular”, con una línea proteccionista donde se centraba la mirada en cosificar al menor protegido.
    Cómo fenómeno de reciente aplicación en el ordenamiento jurídico vigente, la figura del abogado del niño es coherente con la línea conceptual de la doctrina de protección integral de los derechos mencionada. Del tema a desarrollar elaboré una hipótesis principal y algunas hipótesis complementarias para analizar, como principal tomo que: “La importancia del abogado del niño para la legítima y activa participación de las personas menores de edad en un proceso judicial, es una realidad”. (Capítulo completo)
 

 

 

 

Imagen externa.  "Esperando". Concepto espacial. Fragmento. Lucio Fontana

Noticias

En línea con las publicaciones de colaboraciones académicas anteriores, hemos editado electrónicamente un compendio como homenaje al XX aniversario de la creación de la Defensoría del Niño de este Colegio Departamental (1998-2018). Anexado además una selección de jurisprudencia del Tribunal de Casación.
Con un prólogo del Dr. Juan Carlos Fugaretta, este Instituto inaugura un espacio quincenal de colaboraciones académicas. Se trata de Universitarios que han descubierto y se han perfeccionado en el derecho de los niños: " nos hallamos ante personas serias, quienes vislumbran un futuro mejor y por ello deben trabajar duro defendiendo a niños que sufren vulneración de sus derechos."