20
Feb
2020

El Estudio Jurídico también está en la Nube

El Estudio Jurídico también está en la Nube. Lo redefinió el Consejo Superior de COLPROBA al determinar que la inviolabilidad del estudio profesional trasciende el ámbito edilicio y debe extenderse a equipos informáticos, computadoras, tablets y smartphones.
  • El Estudio Jurídico también está en la Nube

El Estudio Jurídico también está en la Nube

Lo redefinió el Consejo Superior de COLPROBA, del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente.

 

Determinó que la inviolabilidad del estudio profesional trasciende el ámbito edilicio y debe extenderse a equipos informáticos, computadoras, tablets y smartphones.

En la sesión del 19 de diciembre de 2019, emitió una resolución donde establece que debe considerarse como “estudio profesional”, en los términos del artículo 69 de la Ley 5177, al conjunto de bienes materiales, inmateriales, digitales, electrónicos y de todos aquellos soportes utilizados por los profesionales para llevar a cabo sus tareas.

De ésta manera se extendió la inviolabilidad del estudio profesional y/o jurídico del ámbito edilicio a equipos informáticos, plataformas donde el profesional almacene documentación, servicios de mensajería instantánea y/o correo electrónico, servicios de almacenamiento en la nube o físicos, redes sociales y otros donde pueda existir información compartida con el justiciable. Todo lo que deberá quedar al amparo del secreto profesional.

En consecuencia cuando se dispongan medidas sobre un estudio profesional y/o jurídico conceptualizado de la forma precedente, los organismos jurisdiccionales deberán arbitrar mecanismos adecuados para posibilitar el contralor por parte del Colegio de Abogados Departamental respectivo. Se Comunicó la presente resolución a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Procuración General a los efectos.

 

Circular nro. 6748 (14/2/20) Protección del Estudio profesional (art. 69 ley 5177)

 

 

 

---

Fuentes
COLPROBA

Noticias

La Federación Argentina de Colegios de Abogados, ante una publicación que ha emitido la Unión de Aseguradoras de Riesgo del Trabajo en donde se cuestiona la judicialización que se está dando en esa materia, en repudio ha emitido el 11 de noviembre, la siguiente declaración.
Declaran inconstitucional la ley que establece la composición del Consejo de la Magistratura. Así lo resolvió la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Fallo completo. Declaraciones del Presidente del Colegio: reportaje radial emitido hace unas horas (audio)
La Corte Suprema declaró en un fallo del 4-11-15 la inconstitucionalidad de la ley 27.145 que establecía el régimen de subrogaciones y fijó un régimen transitorio de designación de subrogantes. Declaró la inconstitucionalidad del reglamento de designaciones de subrogantes del Consejo de la Magistratura y de todas las listas de conjueces. Texto de la sentencia.
A las tres de la tarde del jueves 8 de octubre de 2015, los abogados de San Isidro -acompañados por sus pares locales y de otros Departamentos judiciales, autoridades y funcionarios del Poder judicial- entonaron el himno, dando inicio al festejo académico central del cincuentenario de la fundación del Colegio. Reconocimientos. Conferencias.
La pregunta acerca de qué ideología es incompatible para que un juez cumpla con sus funciones de un modo técnicamente aceptable no es fácil de contestar ni ha recibido una respuesta homogénea en todos los sistemas políticos, ni en todas las épocas. Con este planteo comenzó el catedrático Dr. Malem Seña la conferencia que fue seguida con sumo interés por la audiencia. Versión completa.