20
Feb
2020

El Estudio Jurídico también está en la Nube

El Estudio Jurídico también está en la Nube. Lo redefinió el Consejo Superior de COLPROBA al determinar que la inviolabilidad del estudio profesional trasciende el ámbito edilicio y debe extenderse a equipos informáticos, computadoras, tablets y smartphones.
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El Estudio Jurídico también está en la Nube

Lo redefinió el Consejo Superior de COLPROBA, del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente.

 

Determinó que la inviolabilidad del estudio profesional trasciende el ámbito edilicio y debe extenderse a equipos informáticos, computadoras, tablets y smartphones.

En la sesión del 19 de diciembre de 2019, emitió una resolución donde establece que debe considerarse como “estudio profesional”, en los términos del artículo 69 de la Ley 5177, al conjunto de bienes materiales, inmateriales, digitales, electrónicos y de todos aquellos soportes utilizados por los profesionales para llevar a cabo sus tareas.

De ésta manera se extendió la inviolabilidad del estudio profesional y/o jurídico del ámbito edilicio a equipos informáticos, plataformas donde el profesional almacene documentación, servicios de mensajería instantánea y/o correo electrónico, servicios de almacenamiento en la nube o físicos, redes sociales y otros donde pueda existir información compartida con el justiciable. Todo lo que deberá quedar al amparo del secreto profesional.

En consecuencia cuando se dispongan medidas sobre un estudio profesional y/o jurídico conceptualizado de la forma precedente, los organismos jurisdiccionales deberán arbitrar mecanismos adecuados para posibilitar el contralor por parte del Colegio de Abogados Departamental respectivo. Se Comunicó la presente resolución a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Procuración General a los efectos.

 

Circular nro. 6748 (14/2/20) Protección del Estudio profesional (art. 69 ley 5177)

 

 

 

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Fuentes
COLPROBA

Noticias

Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.