11
Dic
2013

En análisis: Reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial. Responsabilidad del Estado

En relación al proyecto para la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial, como asimismo de la presentación del Poder Ejecutivo referida a la responsabilidad del Estado, invitamos a los colegas interesados a analizar y compartir sus reflexiones sobre estos temas.

Invitación
Reforma codificadora. Declaraciones. Dictámenes. Textos en consulta

Invitamos a todos los colegas interesados a examinar los proyectos en cuestión y a formular las valoraciones, opiniones, reflexiones, disidencias y/o alternativas que consideren pertinentes expresar. Serán bienvenidos los comentarios a la siguiente dirección:
[email protected]

Declaraciones institucionales

*. Declaración de la Federación Argentina de Colegios de Abogados emitida el 2 de diciembre del corriente, titulada: “Se está generando inseguridad jurídica”;
*. Nota remtida por la FACA ante las Declaraciones vertidas por el Presidente del CPACF en las redes sociales poniendo en discusión el rol desempeñado por la FACA frente a la reforma del Código Civil y Comercial Unificado
*. Declaración de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas sobre la Reforma del Código Civil y Comercial de fecha 29 de noviembre de 2013;
*. Declaración de la Asociación de Abogados de Buenos Aires (recibida el 23 de noviembre de 2013)

Dictámenes

FACA
* Dictamen del IDEL -Instituto de Estudios Legislatvos de la FACA- (9 de diciembre de 2013)

Institutos del Colegio de Abogados de San Isidro

*. Dictamen elaborado por el Dr. Roland Arazi (21 de noviembre de 2013) en su carácter de Director del Instituto de Derecho Procesal Civil;
*. Dictamen expedido por el Instituto de Derecho Concursal, bajo la dirección del Dr. Carlos Ribera ( 26 de noviembre de 2013)
 

Textos para consultar

Los textos disponibles a continuación -en formato PDF- han sido recabados, el primero de ellos del sitio web de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación. El segundo ha sido publicado por la Federación Argentina de Colegios de Abogados.

* Honorable Cámara de Senadores. Sesiones Ordinarias. Orden del día nro. 892, del 20/11/2013
Sumario:Comisión Bicameral para la “Reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación”.  Dictamen en el mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo, por el que se aprueba el Código Civil y Comercial de la Nación. Se aconseja aprobar otro proyecto de ley. (PE-57/12)

* Proyecto  del Poder Ejecutivo sobre la Responsabilidad del Estado del 12/11/2013 

Fuentes
Honorable Senado de la Nación, FACA, -IDEL-, Asociación de Abogados de Buenos Aires, Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, CASI

Noticias

Coordinado por la Comisión de Derechos Humanos y Sociales del CASI, durante la jornada del jueves 9/12/21se firmó un Convenio marco de colaboración entre el Colegio de Abogados de San Isidro y la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, representada por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
El viernes 10 de diciembre desde las 19:30 hasta la una de la madrugada despediremos el año en los jardines del Colegio. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Reservemos esta fecha como el compromiso especial para reunirnos con nuestros colegas. Valor de la tarjeta. Forma de pago. Cupos limitados.
El propósito del sistema de enjuiciamiento de magistrados, fruto del régimen constitucional nacional y provincial, no es el castigo al funcionario, sino la separación del magistrado que pueda haber incurrido en las faltas y delitos previstos por los arts. 20 y 21 de la ley 13661. La sociedad reclama volver a creer en el poder Judicial, por lo que es de nuestra incumbencia que el mismo vuelva a ser creíble.
El Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, recibió hoy (19/11/21) al mediodía a la Presidenta del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro, Dra. Paula Lorena Méndez, oportunidad en que trataron cuestiones de interés institucional.
Las decisiones judiciales deben fundarse en derecho y no cercenar nunca el correcto ejercicio de los mismos. Pero la titular del Juzg. Civ. y Comercial 12 de San Isidro, dispuso -en una sucesión- rechazar la prórroga de competencia territorial dentro de nuestra provincia pedida por un heredero mayor y hábil, en clara violación de lo dispuesto por el art. 1 del Cód.Procesal Civil y Comercial. Declaración.