Exámenes de ingreso al Ministerio Público de la Defensa, en distintas localidades del país
La Defensoría General de la Nación (DGN), a través de la Resolución Nº 179/2020, convoca a examen para el ingreso a los agrupamientos Técnico Jurídico (TJ), Técnico Administrativo (TA) y de Servicios Auxiliares (SA). Los exámenes y evaluaciones a las que se convoca son para actuar en las dependencias del MPD con sede en las siguientes jurisdicciones:
La Rioja (TJ Nº 164, TA Nº 111, SA Nº 108); San Fernando del Valle de Catamarca (TJ Nº 165, TA Nº 112, SA Nº 109), Rosario (TJ Nº 166, TA Nº 113, SA Nº 110), San Nicolás (TJ Nº 167, TA Nº 114, SA Nº 111), Venado Tuerto (TJ Nº 168, TA Nº 115, SA Nº 112), Victoria (TJ Nº 169, TA Nº 116, SA Nº 113), Mendoza (TJ Nº 170, TA Nº 117, SA Nº 114), San Rafael (TJ Nº 171, TA Nº 118, SA Nº 115), San Juan (TJ Nº 172, TA Nº 119, SA Nº 116), San Luis (TJ Nº 173, TA Nº 120, SA Nº 117), Villa Mercedes (TJ Nº 174, TA Nº 121, SA Nº 118), Formosa (TJ Nº 175, TA Nº 122, SA Nº 119), Clorinda (TJ Nº 176, TA Nº 123, SA Nº 120), Mar del Plata (TJ Nº 177, TA Nº 124, SA Nº 121), Dolores (TJ Nº 178, TA Nº 125, SA Nº 122), Necochea (TJ Nº 179, TA Nº 126, SA Nº 123), Azul (TJ Nº 180, TA Nº 127, SA Nº 124), Posadas (TJ Nº 181, TA Nº 128, SA Nº 125), Oberá (TJ Nº 182, TA Nº 129, SA Nº 126), Puerto Iguazú (TJ Nº 183, TA Nº 130, SA Nº 127), Eldorado (TJ Nº 184, TA Nº 131, SA Nº 128), Córdoba (TJ Nº 185, TA Nº 132, SA Nº 129), San Francisco (TJ Nº 186, TA Nº 133, SA Nº 130), Bell Ville (TJ Nº 187, TA Nº 134, SA Nº 131), Río Cuarto (TJ Nº 188, TA Nº 135 y SA Nº 132) y Villa María (TJ Nº 189, TA Nº 136 y SA Nº 133).
El período de inscripción para todos los exámenes convocados será entre el 9 y el 13 de marzo de 2020.
Forma de inscripción. Las inscripciones deberán realizarse exclusivamente por vía electrónica, debiendo el/la aspirante completar la solicitud obrante en www.mpd.gov.ar, en el apartado correspondiente a la Secretaría de Concursos.
Requisitos personales. Para participar de los exámenes y evaluaciones se requiere cumplir con los requisitos establecidos en los arts. 34, 35 y 39 del “Régimen Jurídico para los Magistrados, Funcionarios y Empleados del MPD de la Nación” -aprobado por Resolución DGN Nº 1628/10-, según el agrupamiento al cual se aspire a ingresar. En particular, para el agrupamiento de SA se requiere contar con estudios primarios completos; para el agrupamiento TA, se requieren estudios secundarios completos; y para el agrupamiento TJ, es indispensable título de abogado/a.
Incompatibilidades.Rigen las previstas en el Art. 7 del Reglamento de ingreso al MPD.
Lugar y fecha de los exámenes. Se realizará un examen por cada agrupamiento y por sede en las siguientes fechas y lugares: Durante los meses de marzo / abril:
En la ciudad de La Rioja (exámenes correspondientes a la jurisdicción de La Rioja).
En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca (exámenes correspondientes a la jurisdicción de Catamarca).
En la ciudad de Rosario (exámenes correspondientes las jurisdicciones de Rosario, San Nicolás, Venado Tuerto y Victoria).
En la ciudad de Mendoza (exámenes correspondientes a las jurisdicciones de Mendoza y San Rafael).
En la ciudad de San Juan (exámenes correspondientes a la jurisdicción de San Juan).
En la ciudad de San Luis (exámenes correspondientes a las jurisdicciones de San Luis y Villa Mercedes).
Durante los meses de mayo / junio:
En la ciudad de Formosa (exámenes correspondientes a las jurisdicciones de Formosa y Clorinda).
En la ciudad de Mar del Plata (exámenes correspondientes a las jurisdicciones de Mar del Plata, Dolores, Necochea, y Azul).
En la ciudad de Posadas (exámenes correspondientes a las jurisdicciones de Posadas, Oberá, Puerto Iguazú y Eldorado).
En la ciudad de Córdoba (exámenes correspondientes a las jurisdicciones de Córdoba, San Francisco, Bell Ville, Río Cuarto y Villa María).
La fecha, hora y lugar exactos donde se realizarán los referidos exámenes serán fijados por los Tribunales Evaluadores y notificados a los postulantes conforme a la pauta reglamentaria (Arts. 3° y 15° del "Reglamento de ingreso al MPD").
Temarios
a) Para los exámenes del escalafón TJ: 1. Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Nación —Ley Nro. 27.149; 2. Garantías constitucionales en el proceso penal y nulidades; 3. Ley 23.737, delitos contra la libertad individual y contrabando; 4. Recursos; 5. Libertad durante el proceso; 6. Pena. Individualización. Ejecución; 7. Control de la acusación y vías alternativas de resolución de conflictos; 8. Amparo; 9. Ley Nacional de Migraciones; 10. Minoridad y discapacidad. b) Para el escalafón TA: 1. Constitución Nacional; 2. Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Nación —Ley Nro. 27.149—; 3. Régimen Jurídico para los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. c) Para el escalafón de SA: 1. El que surge del material publicado en la página web del MPD.
Aviso
Los nuevos órdenes de mérito que surjan de las evaluaciones convocadas por la presente dejarán sin efecto aquéllos surgidos de la sustanciación de los exámenes y/o evaluaciones correspondientes a los agrupamientos TJ, TA y de SA anteriores para cada una de las ciudades involucradas. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 22, quinto párrafo; 35 y 47, aquellos/as integrantes de cualquier orden de mérito que, debidamente citados/as, no comparecieren o rechazaren una propuesta de designación para una determinada ciudad, serán excluidos/as de la lista.
Todos/as aquellos/as agentes que se encuentren trabajando en cualquier dependencia de este Ministerio Público de la Defensa en planta temporaria —contratado/a o interino/a—, al momento de su eventual efectivización no les será requerido encontrarse incluidos/as en ningún Orden de Mérito de algún examen vigente, con excepción de que el contrato o el interinato hubiese finalizado antes de esa fecha; en este último supuesto, para poder ingresar nuevamente a alguno de los tres escalafones deberá cumplir con las pautas establecidas en el Reglamento de ingreso.
Los mecanismos de examen configuran un requisito ineludible para acceder a los agrupamientos TJ, TA y de SA del MPD y su aprobación no confiere al /a la postulante un derecho a reclamar su designación en cargo permanente o no permanente dentro de este Ministerio, sino a integrar una nómina que se administrará conforme lo establecido en el Reglamento de ingreso al MPD.
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