31
Mar
2020

Exclusivo. Certificado para casos excepcionales y urgentes

El Colegio de Abogados de San Isidro continuará el servicio para sus matriculados, de emisión del "Certificado para casos excepcionales y urgentes".Se gestiona por e mail. Otros certificados y resoluciones.

Aclaración

El  Colegio de Abogados de San Isidro, continuará el servicio de emisión de "Certificado para casos excepcionales y urgentes" que viniera prestando,  on line, para sus Matriculados, desde el inicio de la emergencia sanitaria con motivo de la epidemia del coronavirus.

INSTRUCTIVO PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE ACTUACIÓN
PARA CASOS URGENTES Y EXCEPCIONALES
EMITIDO POR EL CASI

 

Trámite por e mail: [email protected]

Aquellos colegas que deban llevar a cabo una actuación profesional excepcional y urgente, y necesiten contar con un certificado que así lo acredite, tendrán que:
1) Enviar por  e mail a [email protected] una nota con carácter de DECLARACIÓN  JURADA, al Consejo Directivo donde especifiquen:
a) las  iniciales de la persona o grupo de ellas a las que deberá asistir;
b) la descripción de la causa que suscita su intervención y los datos del expediente si los tuviera;
c) los datos de matriculación (tomo y folio) en este Colegio profesional, manifestando que se encuentra activo en la matrícula.

2) El matriculado recibirá en su correo electrónico la certificación expedida por SECRETARÍA. 

 

Certificado Único Habilitante para Circulación

El  Ministerio  del Interior por Res. 48/2020 estableció la vigencia del Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 que se gestiona  a través de la plataforma digital para hacer el trámite.  ("Mis Trámites a distancia")
Validez del certificado: una vez emitido el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID19”, tendrá vigencia por el plazo de SIETE (7) días corridos. Superado el plazo, puede volver a solicitarse.
*Decisión Administrativa 446/2020 DECAD-2020-446-APN-JGM - Certificado Único Habilitante para Circulación. Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2020 Fecha de Publicación: B.O. 1/04/2020.
*Síntesis. Validación de la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones previstas. Se fija la fecha (6/4/20)  a partir de la cual la totalidad de los particulares deberán acreditar tal condición a través del Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19. Cómo se gestiona. Instructivo

 

 

 

Fuentes
Ministerio del Interior
https://tramitesadistancia.gob.ar/

Noticias

A partir del día 1/6/20 la presentación de escritos de inicio de expedientes en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas se efectuará ante las Receptorías de Expedientes en los organismos que se encuentren de turno de los Fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral y en lo Contencioso Administrativo
Ley 15172. Suspensión en la Prov. de Bs. As. hasta el 30/9 de ejecuciones: hipotecarias, judiciales o extrajudiciales (vivienda única), parte indivisa ( art.2207 del CCN; ocupante vivienda), por créditos prendarios (UVA ), planes de ahorro automotor, expensas comunes, lanzamientos ya ordenados, lanzamientos colectivos, etc. Suspensión de términos de caducidad de instancia. Ejecuciones de sentencias judiciales de desalojo de inmuebles. Ver excepciones y más detalles.
Las empresas Telefónica de Argentina S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A han dispuesto una mesa de entradas digital, para recibir notificaciones que deban cursarse -con carácter de domicilio real o denunciado- al domicilio social de ambas. (Av. Independencia 169, CABA)
El 19 de mayo próximo pasado, los presidentes de los Colegios de Abogados de Avellaneda- Lanús, La Plata, L. de Zamora, M. del Plata, Mercedes, Moreno-G.Rodríguez, Quilmes, y San Isidro, Dr. Santiago Quarneti, mantuvieron una extensa reunión con el Presidente de la SCBA. Expusieron las enormes restricciones que seguimos padeciendo los abogados y las abogadas para el ejercicio de la profesión en el actual contexto de emergencia.
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