09
Dic
2014

Falleció el Dr. Eduardo Oscar Do Porto

El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro participa con profundo pesar el fallecimiento del Dr. Eduardo Oscar Do Porto, acaecido el sábado 6 de diciembre del corriente año y expresa las más sentidas condolencias a familiares, colegas y amigos del extinto.

El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro participa con profundo pesar el fallecimiento del Dr. Eduardo Oscar Do Porto, acaecido el viernes 6 de diciembre del corriente año y expresa las más sentidas condolencias a familiares, colegas y amigos del extinto.

Ha sido un privilegio para la colegiación abogadil contar con  el inestimable aporte y la desinteresada colaboración que supo brindar el Dr. Do Porto a tavés de muchísimos años. De trato cordial, amigable, gran estudioso del derecho, fue pionero en las denominadas Jornadas Rioplatenses, varias veces Consejero y además Director de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Será siempre recordado con sumo respeto y reconocimiento por parte de los Colegas de San Isidro y de la Colegiación en general.

Que en Paz descanse.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.