16
Nov
2016

Finalizaron las Jornadas Sanisidrenses de Derecho

En el marco del Bicentenario de la Independencia y a un año de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, finalizó la celebración -en la sede académica del Colegio- de las Primeras Jornadas Sanisidrenses de Derecho. Detalles del encuentro. Conferencias magistrales. Auspicios

Primeras Jornadas Sanisidrenses de Derecho. San Isidro, 17 y 18 de noviembre de 2016 
Salón Auditorium,  Acassuso 454, San Isidro, Provincia de Buenos Aires.
Auspiciaron: 
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la República Argentina
Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires 
Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires

Estas Jornadas se celebraron para acercar a los profesionales del derecho los temas que por su relevancia son objeto de debate nacional, nutriéndose de la actividad desplegada por los Institutos de Derecho del Colegio, como soporte de continuidad y aplicación práctica de nuevas soluciones jurídicas.
La apertura fue el 17/XI  a las 9:00 y el cierre conforme lo programado se cumplió el 18/XI a las 18:00. En ese acto, con palabras de los Dres. Juan Fermín Lahittte, Vice Presidente Primero del Colegio y de Fulvio G. Santarelli, Presidente de las Primeras Jornadas Sanisidrenses de Derecho, quienes agradecieron el esmero y esfuerzo de todos los que hicieron posible este encuentro y  a la audiencia  que acompañó con sumo interés, se rindió homenaje a la trayectoria del Dr. José Carlos Gustavo De Paula. El colega distinguido,  que además de ser ampliamente reconocido en el área de los derechos de la integración del Mercosur, ejerce la profesión desde hace más de 50 años.

  • Este encuentro  contempló el tratamiento de temas tales como:
    La aplicación del Código Civil y Comercial en materia laboral. Aspectos controvertidos del régimen de la responsabilidad civil en el nuevo Código. El Código Civil y Comercial y la materia procesal. El contrato de distribución. El Derecho del Consumidor en el Código Civil y Comercial Impacto del Código Civil y Comercial en materia concursal. Impacto tributario del Código Civil y Comercial. La empresa en el Código Civil y Comercial. Las garantías en el nuevo Código. Los adolescentes de 13 a 16 años  y su aptitud para decidir por sí ante determinados tratamientos relacionados con su salud. Los arts 1° y 3° del Código Civil y Comercial observados desde la perspectiva constitucional. Prestaciones compensatorias. Responsabilidad del Estado.
  • Participaron como expositores los Dres. Alberto Garay, Carlos Calvo Costa, Carlos Ribera, Claudio Aquino, Cristian Lepin Molina, Daniel Vítolo, Demetrio Alejandro Chamatropulos, Diego Bunge, Fabiana Compiani, Fulvio Santarelli, Germán Krivocapich, Héctor Alegría, Jorge Horacio Alterini, Jorge Rojas, Juan Carlos Cassagne, Juan Formaro, Julián de Diego, Leandro Vergara, Marcelo Gebhardt, Osvaldo Pisani, Pablo Perrino, Pedro Di Lella, Roland Arazi, y Silvia Fernández.
     
  • Destacados
  • El Prof. Dr. Jorge Horacio Alterni dictó el jueves 17 de noviembre a las 19:45, una conferencia sobre "Los desconcertantes arts. 1° y 2° del Código Civil y Comercial". 
  • La conferencia magistral a cargo del Prof. Dr. Héctor Alegría prevista para el viernes 18 de noviembre a las 10:00 versó sobre: "El CCCN, los títulos valores y la fuerza de lo nuevo".
  • Se llevaron a cabo actividades en Talleres simultáneos

Cronograma de exposiciones. Autoridades.  Album fotográfico

Noticias

La Federación Argentina de Colegios de Abogados, ante una publicación que ha emitido la Unión de Aseguradoras de Riesgo del Trabajo en donde se cuestiona la judicialización que se está dando en esa materia, en repudio ha emitido el 11 de noviembre, la siguiente declaración.
Declaran inconstitucional la ley que establece la composición del Consejo de la Magistratura. Así lo resolvió la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Fallo completo. Declaraciones del Presidente del Colegio: reportaje radial emitido hace unas horas (audio)
La Corte Suprema declaró en un fallo del 4-11-15 la inconstitucionalidad de la ley 27.145 que establecía el régimen de subrogaciones y fijó un régimen transitorio de designación de subrogantes. Declaró la inconstitucionalidad del reglamento de designaciones de subrogantes del Consejo de la Magistratura y de todas las listas de conjueces. Texto de la sentencia.
A las tres de la tarde del jueves 8 de octubre de 2015, los abogados de San Isidro -acompañados por sus pares locales y de otros Departamentos judiciales, autoridades y funcionarios del Poder judicial- entonaron el himno, dando inicio al festejo académico central del cincuentenario de la fundación del Colegio. Reconocimientos. Conferencias.
La pregunta acerca de qué ideología es incompatible para que un juez cumpla con sus funciones de un modo técnicamente aceptable no es fácil de contestar ni ha recibido una respuesta homogénea en todos los sistemas políticos, ni en todas las épocas. Con este planteo comenzó el catedrático Dr. Malem Seña la conferencia que fue seguida con sumo interés por la audiencia. Versión completa.