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La firma digital avanza y reemplazará en fecha aun no determinada a la firma electrónica. El trámite es presencial, por eso te alertamos para que agendes un turno y evitar complicaciones innecesarias. Más detalles y beneficios.
Te explicamos las diferencias entre la firma electrónica y la digital conforme su regulación legal; los alcances de cada una; su valor probatorio. La obligatoriedad establecida por la SCBA en el Portal de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas.
***Firma digital: trámite presencial en el Colegio previo turno. Concurrir con DNI, notebook y token.
***Firma digital: trámite presencial en el Colegio previo turno. Concurrir con DNI, notebook y token.
Hacemos saber que a través de la Resolución SC Nº 366/23, se dispuso la suspensión de los términos procesales el día 17/3/23 en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Sobre esa cuestión desde la colegiación se había elevado una solicitud a la SCBA:
En respuesta a las gestiones realizadas por el CASI y COLPROBA, desde el 13 de MARZO de 2023 los oficios electrónicos a la IGJ se tramitarán a través del sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas. La Res. 62/23 de la SCBA incorporó a los departamentos judiciales de San Isidro, Avellaneda-Lanús, La Matanza, Morón y Quilmes así como, los Registros Públicos de cada una de dichas jurisdicciones.
Hacemos saber que por Resolución SSJ Nº08/23 -SCBA-, se estableció el diferimiento de dos días para el cómputo del plazo establecido para el proveimiento o dictado de las resoluciones no urgentes recibidas durante la feria judicial del mes de enero.