Resolución Nº 17/2017 dictada por la Subsecretaría Legal Técnica y Administrativo del Ministerio de Justicia de la Prov. de Bs. As. que autoriza efectuar los pagos en concepto de honorarios de los abogados que brinden patrocinio jurídico bajo la figura del Abogado del Niño. Requisitos que deberán cumplirse en casos en que el niño patrocinado actúe sin beneficio de litigar sin gastos.
Resolución Nº 17/2017 dictada por la Subsecretaría Legal Técnica y Administrativo del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que autoriza efectuar los pagos en concepto de honorarios de los abogados que brinden patrocinio jurídico bajo la figura del Abogado del Niño.
Asimismo se comunican los requisitos que deberán cumplir los Abogados del Niño para poder percibir los honorarios regulados y firmes en supuestos que el niño patrocinado actúe sin beneficio de litigar sin gastos.