13
Nov
2020

Importante: nuevo procedimiento para la expedición de cartas poder

Los Tribunales del Trabajo del Departamento Judicial de San Isidro (con excepción del nro. 7 de Pilar) han fijado pautas para la expedición de cartas poder. Cómo tramitarlas.

Expedición de Cartas poder.  Cómo es el trámite

El letrado/letrada deberá presentar un escrito electrónico ante el Tribunal correspondiente solicitando se autorice la firma de carta poder. 

El Tribunal, dictará un proveído fijando la fecha y la hora para la comparecencia del trabajador.

Así, el Tribunal, suscribirá la carta poder de los trabajadores cuyas causas tramiten en él.

Noticias

Hacemos saber que las disposiciones adoptadas mediante la Ac.174/22 de la CFASM comenzarán a implementarse a partir del 1° de noviembre de 2023, cfr. registro 38/23.
Textos completos.
Destacados de la Acordada 174/22.
Hacemos saber que la SCBA a dispuesto a partir del 30/10/23 la gestión digital de libramiento de oficios judiciales entre la Administración de Justicia y IOMA a través del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas.
Novedad. La presentación de los recursos directos ante la CSJN se efectúa través de un nuevo módulo en la web del PJN y en la del propio Tribunal.
Dispuesta por la Ac. 25/23 es obligatoria desde el 5/10/23.
Detallamos el ámbito de aplicación, acceso y registro.
En primer término ponemos a disposición sendos videos explicativos de la CSJN.
Te contamos cuáles son los cambios en las retenciones del impuesto a las ganancias para los cobros derivados del ejercicio de las profesiones liberales, específicamente para los honorarios de los abogados y abogadas, que regirán para los pagos realizados a partir del 1/10/23. Agradecemos el dictamen de la Sra. Consejera Dra. Gisela Horisch Palacio.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ha hecho saber que todos los magistrados, funcionarios y empleados deberán concurrir a sus ámbitos de trabajo. Excepción. Resolución completa del 5/10/23.