13
Nov
2020

Importante: nuevo procedimiento para la expedición de cartas poder

Los Tribunales del Trabajo del Departamento Judicial de San Isidro (con excepción del nro. 7 de Pilar) han fijado pautas para la expedición de cartas poder. Cómo tramitarlas.

Expedición de Cartas poder.  Cómo es el trámite

El letrado/letrada deberá presentar un escrito electrónico ante el Tribunal correspondiente solicitando se autorice la firma de carta poder. 

El Tribunal, dictará un proveído fijando la fecha y la hora para la comparecencia del trabajador.

Así, el Tribunal, suscribirá la carta poder de los trabajadores cuyas causas tramiten en él.

Noticias

Desde el 2/9/24, como consecuencia del proceso de modernización del organismo, se está renovando el servicio de publicidad -tramitado de manera virtual- que conlleva la actualización normativa correspondiente a esos cambios.
Se han aprobado nuevos modelos de formularios.
Ampliamos el horario de atención a las matriculadas y matriculados para gestionar el trámite de reemplazo de la firma electrónica por la firma digital.
Sacá tu turno on line
Informamos a las/los usuarios/as del Sistema Informático de Gestión Judicial Lex 100 que se crearon 18 casillas de DEOX pertenecientes a AFIP/DGI y AFIP DGA para la *Recepción de traslado de la demanda (Acordada 3/2015 Parte Dispositiva 9 CSJN)*.
Hacemos saber que desde la Oficina de Notificaciones perteneciente a la Dirección de Diligenciamientos del Consejo de la Magistratura de CABA reciben Cédulas Convenio Ley 22.172 que tengan código QR o firma digital para ser diligenciadas en la jurisdicción de CABA a través del *Formulario de alta de cédulas ley 22.172*.
Hacemos saber que la Caja de Previsión Social de la Abogacía de la Provincia de Buenos Aires, ha dejado sin efecto la resolución interpretativa del art. 14 de la ley 6716 dictada el 11 y 13/6/2019.
La nueva resolución de Directorio fue dictada el 11 y 12 de julio del corriente.
Cuáles son sus alcances.