26
Abr
2017

Instructivo sobre reclamos bonos ley 8480

En relación al nuevo sistema de bonos ley 8480 implementado, y teniendo en cuenta las diferentes consultas realizadas al respecto, a continuación se transcribe el instructivo elaborado por la asesoría técnica del COLPROBA que contempla diversas situaciones que pueden producirse.

Atento a la puesta en funcionamiento del nuevo sistema de bonos ley 8480 implementado, y teniendo en cuenta las diferentes consultas realizadas tanto por los Colegio Departamentales como por los matriculados, a continuación se transcribe el instructivo elaborado por la asesoría técnica del COLPROBA que contempla diversas situaciones que pueden producirse, y que se pone a disposición de los Colegios Departamentales para la difusión entre los matriculados.

El sistema registra la información suministrada por la SCBA sobre los juicios iniciados a partir del 1/1/2016 (Abogados presentados en inicios o contestación) se busca en los bonos generados por el profesional y asociarlo al expediente.
En caso de no encontrar coincidencia (número de exp. y/o caratula) registra un reclamo de bono para que el abogado seleccione que bono pago para ese expediente.
También se registran los reclamos por participación en una mediación y no haber presentado el correspondiente Bono (tanto del Requerido como del Requirente).

¿Qué hacer cuando el sistema registra un reclamo de bono?
1 – Para cada reclamo del listado de la izquierda (expedientes),  debe seleccionar del listado de bonos pagos que surge a la derecha y confirma la operación.
2 – Si el bono fue abonado por otro abogado, deberá indicar “Bono generado por otro abogado”. En este caso deberá indicar el CUIT del profesional y el número del bono para poder eliminar el alerta.
Finalmente deberá presionar el botón de la parte inferior “CONFIRMAR”  para registrar la información.
De no surgir el bono en el listado para cumplir con el reclamo, puede seleccionar la opción “Generar un bono para este expediente”  y luego de pagarlo podrá  seleccionar el mismo  y eliminar el reclamo.

  • Aclaraciones

–     Para poder generar bonos debe tener menos de 15 reclamos, si el sistema está bloqueado, cuando complete el bono para cada reclamo y baje de esa cantidad, automáticamente será habilitado nuevamente.
–     En caso de pagar el comprobante en un organismo externo al Colegio de Abogados (Caja, Bapro, Banco Provincia) la acreditación podrá demorar entre 72 y 96 hs. hábiles.
–     Si un bono sigue figurando impago, luego de  96 hs. hábiles de haberlo pagado, deberá enviar  un e-mail a la dirección [email protected] adjuntando el tiquet de pago a fin de verificar el inconveniente.
–     Si el sistema le reclama por un expediente en el cual pagó el bono antes del 1/10/2015 deberá enviar un e-mail a [email protected] con el fin de verificar el bono y eliminar el reclamo.
Si no corresponde el pago del bono por ser:
–     Derivación Consultorio Jurídico.
–     Ejecución de Honorarios de un abogado (solo cuando es el propio abogado quien reclama).
Podrán solicitar en el Colegio Departamental  (acreditando la situación) la asignación de un Bono sin costo para cumplir con el reclamo. El cajero puede generar un bono “EXCEPCIÓN LEY 8480”.
Cualquier consulta técnica sobre el funcionamiento del sistema se puede efectuar a la dirección [email protected] o en su Colegio de Abogados Departamental.

Ver: Instrcuctivo sobre el mecanismo de utilización de Bonos Ley 8480

Consultas: Tesorería del Colegio.
Lunes a jueves: 8:30 a 17:30. Viernes: 8:30 a 16:30
4743-5720 int. 263 - E-MAIL: [email protected]

Fuentes
COLPROBA

Noticias

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El Colegio brega por el cese de las actuales restricciones de circulación de abogados y abogadas fundamentalmente a entidades de detención, juzgados, fiscalías y defensorías, comisiones médicas, unidades de ANSES, estudios jurídicos, y a cualquier lugar donde se encontrare un ciudadano que necesite nuestra representación, asesoramiento o defensa.
Hacemos saber a nuestros matriculados que, en uso de las facultades conferidas por la Resolución 30/21 del Consejo Superior del 11/3/21y, atendiendo a las medidas restrictivas dispuestas por el PEN en razón de la pandemia, en reuniones de Consejo Directivo del 28/4/21, 4 y 5/5/21 se resolvió la suspensión de la Asamblea Anual Ordinaria fijada para el 7/5/21. Cumplimiento de resolución judicial y continuación del trámite.
Se hace saber a los matriculados que en atención a la situación epidemiológica que es de público conocimiento y de acuerdo a las medidas dispuestas por la Autoridad Pública que fueron dictadas con posterioridad al inicio del proceso asambleario, queda suspendida la asamblea convocada para el 7 de mayo de 2021 a las 8:00.
La Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro hizo saber a sus asociados una rectificación sobre información que no se ajustó a la realidad (en relación a la suspensión de las elecciones del 7/5/21 en el CASI).