22
Mayo
2014

Juramento de ley, 22/5. Bienvenida a los colegas

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.

El ingreso a la matrícula profesional de abogado/a en la Provincia de Buenos Aires, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
La misma ha sido presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio E. Carabio, junto a las Dras. Susana Villegas -Secretaria- y  Mabel Caporelli -Tesorera- .

Todos ellos, además de darles la bienvenida a los nuevos matriculados, les  auguraron el mayor de los éxitos en el ejercicio profesional.

Los colegas que han prestado juramento son las Dras. y los  Dres.: María Micaela Alfaro, Martín Miguel Andrade, Lucas Manuel Ballester, Valeria Carolina Castro, Alejandro de Tomaso, Federico Deferrari, Adrián Alberto Eliceche, Mariano Abel Ezeyza, Carolina Mónica Ferrini, Lucia Nair Fleitas Abraham, Eduardo Ezequiel Fornari, Emiliano Carlos Frisenna, Santiago Emilio Gallo Llorente, Nicolás Horacio Garbini, Tomas Enrique Garcia Botta, Alejandro Julio García, Verónica Beatriz Lencina Schaab, Martín Eduardo Maschwitz, Marina Alejandra Natali, María Constanza Robledo, Estefanía Victoria Ruiu, Braian Gastón Tomaselli, Santiago German Vaccaro, Lorena Beatriz Valdi, Oscar Enrique Zalazar y  Romina Roxana Zambelli.

Fuentes
juramento, ejercicio profesional, matrícua, colegiación

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Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Ha sido suspendido preventivamente de la matrícula del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Martín el sr. Juan Cruz Benavídez, por considerar que su título profesional para ejercer como abogado sería falso. La causa por falsificación de documento público tramita ante el Juzgado Federal en lo Criminal nro. 2, Secretaría nro. 5
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.