16
Feb
2016

Juramento de ley del 16 de febrero

El ingreso a la matrícula profesional de abogado/a en la Provincia de Buenos Aires, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.

Juramento de ley del 16 de febrero de 2016

 

La ceremonia ha sido presidida por las autoridades del Consejo Directivo: el Sr. Presidente Dr. Guillermo Ernesto Sagués, la Sra. Tesorera Dra. María del C. Bartoszyk de Ferrari, y el Sr. Pro Tesorero, Dr. Luciano Locatelli. Todos ellos, además de darles la bienvenida a los nuevos matriculados, les auguraron el mayor de los éxitos en el ejercicio profesional.

 

Los colegas que han prestado juramento son las Dras. y los  Dres.:

Aellen Dominique, Norberto Edgardo Barranco, Graciela Patricia Blanco, Milton Sergio Bonacina, Claudio José Caffarello, Mariano Nicolás Carbone, Catalina Mercedes Coles, Ignacio Javier Etcheverry, Luciana Elena Gesualdo De Marco, Fernando Goldaracena, Julián Hormaechea Etcheverry, Tatiana Kazakevich, Yanina Patricia Luengo Rojas, Ana María Nieva, Nuria Judit Palombo, Ignacio Ezequiel Peralta, Agustín Pedro Nicolás Posadas Martínez, Cinthia Valeria Quiroga, Nicolás Jose Repila, Verónica Soledad Romero, Patricia Sackmann Sala, Maria Lucía Tapper y María Esther Terrone.

Noticias

Con profundo pesar el Colegio de Abogados de San Isidro comunica el fallecimiento del Dr. Raúl Armando Ravalli, quien se encontraba matriculado en este Departamento Judicial desde el año 1975. Sus restos serán velados en la Casa de Sepelios sita en la Avda. Maipú nro.2170 de Olivos (frente a la Quinta Presidencial) , en el día de la fecha de 10:00 a 14:00.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."