27
Oct
2015

Juramento de ley del 27 de octubre

El ingreso a la matrícula profesional de abogado/a en la Provincia de Buenos Aires, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.

Juramento del 27 de octubre de 2015

La ceremonia ha sido presidida por el Sr. Presidente Dr. Guillermo E. Sagués, la Sra. Vice Presidente Segunda, Dra. Susana Villegas, el Sr. Secretario Dr. Juan Fermín Lahitte y el Sr. Pro Tesorero, Dr. Luciano Juan Locatelli. Todos ellos, además de darles la bienvenida a los nuevos matriculados, les  auguraron el mayor de los éxitos en el ejercicio profesional.

Los colegas que han prestado juramento son los Dres. Carlos Martin Barber Soler y Santiago Torres.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."