29
Jun
2019

La Corte dispensó a los Jueces de controlar la acreditación de Ingresos Brutos por honorarios

En virtud de la resolución n° 1100/19 del 29 de mayo de 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dispensó a los Jueces bonaerenses de efectuar el control de acreditación del impuesto de Ingresos Brutos correspondiente a los honorarios.

Resolución 1100/19
Dispuso la invalidez e inaplicabilidad al Poder Judicial del Art. 431* DN "B" 1/04 de ARBA, sobre el control de acreditación del impuesto de Ingresos Brutos correspondiente a honorarios.

La Suprema Corte de Justicia resolvió declarar la invalidez y, por consecuencia, la inaplicabilidad al Poder Judicial, del artículo 431* de la Disposición Normativa Serie "B" 1/04, texto según Resolución Normativa 18/18.
De tal forma, hace saber a los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias que no deberán dar cumplimiento a la normativa mencionada en el artículo precedente.
Lo resuelto es sin perjuicio de que, en el ámbito del Convenio Marco de Intercambio de Información, Complementación de Recursos e Instrumentación de Comunicaciones por Medios Electrónicos con Firma Digital celebrado entre el Tribunal, ARBA y la Fiscalía de Estado el 15-IV-2008, puedan acordarse mecanismos ágiles y efectivos de intercambio de información a los efectos de posibilitar que la ARBA cuente con la información requerida.

*Artículo 431.- Los señores Jueces y demás entidades públicas y privadas no ordenarán ni autorizarán ningún trámite posterior al devengamiento o pago de los honorarios sin la previa acreditación del ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a tales honorarios. Los anticipos que de este modo se efectúen, serán ingresados utilizando el formulario R-114v2 "Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Anticipo Honorarios Profesionales. La constancia de pago será la impresión que realice el Banco de la Provincia de Buenos Aires (única entidad bancaria habilitada para esta retención), en los efectos "Banco" y "Expediente" del referido formulario y la emisión de un ticket para el efecto "Contribuyente".

Fuentes
SCBA

Noticias

Esta Biblioteca tiene el agrado de anunciar, que pondrá a disposición de los matriculados, a través de publicaciones periódicas, los fallos y plenarios remitidos por gentileza de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro
Un fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 del Departamento Judicial de La Matanza, a cargo de la Sra. Juez, Dra. Laura Elizabeth Mato, considera que la partición queda asimilada a la división de condominio; ésta última, categorizada como materia mediable obligatoria. (Fallo no firme)
Selección de novedades legislativas y jurídicas de diciembre de 2014 - en los ámbitos: nacional, argentina digital, entrada en vigencia del nuevo Código Civil a partir del 1 de agosto 2015, modificaciones al Código Penal y a bienes personales. Especial jurisprudencia de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro
Un juez que ha sido destituido de su cargo por mal desempeño de sus funciones no puede acceder al régimen especial de jubilaciones previsto en la ley 24018. Así lo decidió la Corte Nacional en la causa “Marquevich, Roberto José c/ ANSeS s/ acción meramente declarativa”
La Corte de Justicia de la Nación solicitó a la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que garantice la doble instancia penal, haciendo lugar a un planteo de Carlos Carrascosa, sin expedirse sobre el caso. El fallo fue emitido el 27 de noviembre del corriente.