12
Mayo
2015

La Corte Suprema, guardiana de todas las garantías

La Corte Suprema es la guardiana de todas las garantías y de los derechos de los habitantes de la Nación; por ello el Colegio de Abogados de San Isidro coherente con su historia en defensa de la Constitución y el Estado de Derecho rechaza enfáticamente los intentos de desestabilización, cooptación o agresión tendientes a cercenar o limitar su independencia.

LA CORTE SUPREMA
ES LA GUARDIANA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE TODOS

Ante la reiteración de los ataques dirigidos contra la Corte Suprema de Justicia de la Nación por integrantes de los tres poderes del Estado con el inocultable propósito de cubrir vacantes mediante designaciones que resultan inexplicables, ya se trate de la hasta ahora frustrada tentativa de nombrar al Dr. Roberto Manuel Carlés - un abogado que no reúne ninguno de los requisitos mínimos que la ley exige para ocupar tal Alto cargo-; la imposición de conjueces que no han obtenido el voto de la mayoría especial en el Congreso -por lo que no son aptos para serlo-; la decisión de bloques del Poder Legislativo que han hecho público que no votarán “ninguna” postulación que proponga el Poder Ejecutivo para integrar la nómina de integrantes del Tribunal; sumado a que la propia Corte Suprema  que no le exige a los otros poderes que cumplan con su obligación de completar su propia integración, pareciera que todo resulta aceptable, sea de manera explícita o implícita mediante el silencio. 
Los últimos días han sido testigos de la incalificable embestida contra el Dr. Carlos Santiago Fayt a quien se le reprocha una suerte de ineptitud (no se sabe si física o mental) debido a su avanzada edad. Más allá de la opinión que pueda tenerse sobre tan excepcional circunstancia, debe ponderarse que invariablemente el Dr. Fayt ha dado cabales muestras de honradez intelectual y personal, apego a los valores democráticos, respeto por los derechos humanos e independencia, además de su reconocida versación jurídica.
No nos es posible como abogados, admitir calladamente la actual situación del Alto Tribunal, ni los agravios de toda índole con los que se pretende desestabilizarlo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación está llamada a cumplir un imperativo que nace de la Ley Fundamental: ser la suprema intérprete de la Constitución nacional y mediante el ejercicio del control de constitucionalidad, poner límites claros a la actuación de los otros poderes del Estado.
Debiera resultar ocioso y sobreabundante recordar que tal concepto elemental nace del principio de la división del poder, en funciones que se controlan y limitan recíprocamente, dentro del diseño institucional asignado en la Constitución. Ello es consustancial a los principios de la República.
La Corte Suprema es la guardiana de todas las garantías y de los derechos de los habitantes de la Nación; por ello el Colegio de Abogados de San Isidro coherente con su historia en defensa de la Constitución y el Estado de Derecho rechaza enfáticamente los intentos de desestabilización, cooptación o agresión tendientes a cercenar o limitar su independencia. A su vez propicia, demanda y exige a los Poderes del Estado que actúen en consecuencia dentro de las responsabilidades que a cada uno de ellos les competen arbitrando los medios para garantizar el normal funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Consejo Directivo. San Isidro, 12 de mayo de 2015.

N/R: Imagen externa. Detalle del lateral norte del Monumento a la Constitución Nacional (CABA)

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INFOBAN, 14 de mayo de 2015. El Colegio de Abogados de San Isidro se manifestó ante la “incalificable embestida” contra Fayt.

 

 

Noticias

Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.