La voz del abogado

Estimado colega

Este espacio está reservado a la participación responsable y amplia diversidad de sus opiniones.
A través del sitio incorporamos esta nueva experiencia para que puedan hacer llegar sus consultas, sugerencias y opiniones en referencia a las áreas involucradas en el uso de los servicios de justicia o escucharlo en la más absoluta reserva. Para ello encontrará a su disposición un formulario de contacto en el cual podrá expresarse.

La Voz del Abogado pretende ofrecer la posibilidad y disponibilidad de comenzar a transitar un camino de conocimiento de las necesidades e inquietudes de los abogados.

Dr. Ernesto Rodríguez Cifuentes. Presidente

TELÉFONO: 4732-0303 - E-MAIL: [email protected]

Noticias

A partir del 2 de mayo de 2019 estará disponible un aplicativo informático para tramitar los oficios de publicación de edictos, informes y consultas al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, el cual deberá ser utilizado por los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias.
Informamos a los colegiados que ya se encuentra disponible la posibilidad de solicitar la inscripción de divorcios mediante el sistema de presentaciones electrónicas. - Detallamos los pasos a seguir para realizar el trámite. Link al portal de pagos.
El Juzgado de Paz de Pilar ha publicado un aviso para los Colegas,advirtiéndoles que únicamente se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el Ac.3886, art.4, par.3 (acompañar documentación en papel) en casos en que el Magistrado expresamente lo exija, siempre que la digitalización sea perfectamente legible.
Por Res. SCBA Nº 923/18, del 6/6/18 vinculada a facilitar el acceso automático a la MEV: fueros de familia, penal y responsabilidad penal juvenil, para las partes, sus letrados y representantes, reemplazando la planilla de solicitud vigente hasta la fecha, que queda solamente para quienes son ajenos al proceso, estará disponible desde el 2 de julio del corriente.
Las prestaciones de servicio o las efectuadas en los términos de los mandatos concedidos con sus defendidos, realizadas por los abogadas/os en el ejercicio de su profesión no son de “consumo masivo”, razón por la cual no están obligados a poseer terminales electrónicas P.O.S. para recibir el pago de los honorarios y demás retribuciones mediante tarjetas de débito bancarias. Por ende tampoco el Organismo fiscal está facultado a exigírselo.