Ley 5177. Historia institucional

  • Martín y Omar 339. San Isidro. Frente edificio enero 2020

Ejercicio y reglamentación de la profesión de abogado y procurador. Reglamento de funcionamiento de los colegios departamentales. (Art. 50 inc. e) de la Ley 5177 - T.O. por Decreto 180/87 - modificada por sus similares 12277 y 12548) -Ver textos completos-.

Historia institucional
Fundación. Desarrollo. Ámbito institucional. Área de gestión social. Ámbito académico, cultural y deportivo. Ámbito de difusión. El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados. A la fecha (2019) los profesionales activos superan a los 10.000 abogados. Leer más...

- XL Aniversario: 1965- 2005. Número especial en Conmemoración a la Creación del Colegio de Abogados de San Isidro
 El 8 de octubre de 2005 se cumplieron cuarenta años de la fundación del Colegio de Abogados de San Isidro. Sueños, esfuerzos y la acción ininterrumpida de un recordado grupo de colegas hicieron posible llegar al acto fundacional.  Su vida, desde aquel momento  hasta el presente estuvo y está  marcada por la vocación, el trabajo y sacrificio diario de todos sus componentes y lo será para el futuro. Cuarenta años reflejados en documentos, publicaciones, hechos y anécdotas, dan cuenta de su permanente crecimiento, de su acción constante al servicio de nuestra profesión, del bien común y de los matriculados, destinatarios de la razón de ser de la Institución. Con pluralismo, diversidad y discrepancia, hemos transitado estos primeros cuarenta años, con la mira en un proyecto único, la defensa del Estado de Derecho y ser el primer Abogado de los Abogados, para que estos puedan libre y dignamente ser Abogados.

- Aniversario 50°. Número especial. Conmemoración de la creación del Colegio de Abogados de San Isidro|1965-2015

-La primera abogada argentina: Dra. María Angélica Barreda

-Historia de San Isidro
El sábado 11 de junio de 1580 Don Juan de Garay, fundó la ciudad de la Trinidad -hoy Buenos Aires- capital de la República Argentina.
Y el lunes 24 de octubre de ese mismo año, repartió las "tierras de pan llevar", entre los sesenta y siete vecinos fundadores, para que pudieren contar con lo preciso para vivir conforme al estilo de esos tiempos.  Dieciocho de esos primeros pobladores poseyeron fracciones en San Isidro, quince en Vicente López y dos en San Fernando. Leer más...

 

Noticias

Invitación: 24/8, 15:00. El Dr. Guillermo E. Sagués disertará sobre la nueva Ley de Honorarios (y análisis del reciente fallo - Sala 1a./Cámara 2a.Apelación de La Plata- que declaró la inconstitucionalidad del caso del art.16, ley 14967.) Acassuso 424, 1° piso, San Isidro
El viernes 10 de agosto, con la activa participación de autoridades y colegas de San Isidro, se llevó a cabo la celebración del denominado "Día de los órganos de la Colegiación", que año a año viene realizándose en el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes.
En la sede de cada Colegio de Abogados departamental el 5/10/18 se llevarán a cabo las elecciones del representante abogado ante el Consejo de la Magistratura Nacional. El padrón provisorio de electores, podrá consultarse en la sede de Martín y Omar 339 de 10:00 a 16:00, a partir del 6/8/18 hasta el 11/8/18 inclusive. Más información.
El Colegio de Abogados de la Provincia de Bs. As., del cual este Colegio forma parte activa y permanente, rechaza enfáticamente la decisión judicial que resolviera declarar la inconstitucionalidad de la última parte del art. 16 de la ley 14967 en lo que constituye un claro ataque al sistema arancelario de los abogados (de naturaleza alimentaria y orden público). Muy buena repercusión en los medios. Actualización
Bregamos día a día por el Estado de Derecho. Así como para ser sujeto se requiere ser reconocido y reconocer. Ser tenido en cuenta es ser reconocido. Hoy los abogados argentinos, a 202 años de la firma del Acta de la Independencia tenemos la obligación de participar para dar esa pelea y hacernos reconocer por la sociedad: Participar. Exigir. Demandar.