Ley 5177. Historia institucional

  • Martín y Omar 339. San Isidro. Frente edificio enero 2020

Ejercicio y reglamentación de la profesión de abogado y procurador. Reglamento de funcionamiento de los colegios departamentales. (Art. 50 inc. e) de la Ley 5177 - T.O. por Decreto 180/87 - modificada por sus similares 12277 y 12548) -Ver textos completos-.

Historia institucional
Fundación. Desarrollo. Ámbito institucional. Área de gestión social. Ámbito académico, cultural y deportivo. Ámbito de difusión. El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados. A la fecha (2019) los profesionales activos superan a los 10.000 abogados. Leer más...

- XL Aniversario: 1965- 2005. Número especial en Conmemoración a la Creación del Colegio de Abogados de San Isidro
 El 8 de octubre de 2005 se cumplieron cuarenta años de la fundación del Colegio de Abogados de San Isidro. Sueños, esfuerzos y la acción ininterrumpida de un recordado grupo de colegas hicieron posible llegar al acto fundacional.  Su vida, desde aquel momento  hasta el presente estuvo y está  marcada por la vocación, el trabajo y sacrificio diario de todos sus componentes y lo será para el futuro. Cuarenta años reflejados en documentos, publicaciones, hechos y anécdotas, dan cuenta de su permanente crecimiento, de su acción constante al servicio de nuestra profesión, del bien común y de los matriculados, destinatarios de la razón de ser de la Institución. Con pluralismo, diversidad y discrepancia, hemos transitado estos primeros cuarenta años, con la mira en un proyecto único, la defensa del Estado de Derecho y ser el primer Abogado de los Abogados, para que estos puedan libre y dignamente ser Abogados.

- Aniversario 50°. Número especial. Conmemoración de la creación del Colegio de Abogados de San Isidro|1965-2015

-La primera abogada argentina: Dra. María Angélica Barreda

-Historia de San Isidro
El sábado 11 de junio de 1580 Don Juan de Garay, fundó la ciudad de la Trinidad -hoy Buenos Aires- capital de la República Argentina.
Y el lunes 24 de octubre de ese mismo año, repartió las "tierras de pan llevar", entre los sesenta y siete vecinos fundadores, para que pudieren contar con lo preciso para vivir conforme al estilo de esos tiempos.  Dieciocho de esos primeros pobladores poseyeron fracciones en San Isidro, quince en Vicente López y dos en San Fernando. Leer más...

 

Noticias

El Consejo de la Magistratura bonaerense conmemoró su 20° aniversario con un acto. El Presidente del Colegio, Dr. Guillermo E. Sagués, actual Consejero Suplente y miembro de la primera conformación de la Institución, disertó sobre el nacimiento del Consejo de la Magistratura como elemento corrector del desvío en el funcionamiento de la Justicia.
Invitación para participar del ciclo de charlas sobre el nuevo sistema de aportes. Tendrá lugar en nuestro Colegio, el lunes 26 de junio a las 18:00 (en la sede de la calle Martín y Omar 339) y el miércoles 28 de junio a las 15:00 en la sala de Profesionales de Pilar: Independencia 445. Los esperamos.
Como los abogados están siendo víctimas de ataques mediáticos por parte de la dirigencia política, ante ello, y más allá de reiterar su rechazo frente a estas injustas acusaciones, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, emitió una información para la comunidad.
Declaración. Lamentamos que se amedrente a abogados en forma directa, e indirectamente a jueces y auxiliares de la justicia vulnerando su independencia y afectando el principio republicano de división de poderes.No toleraremos todo ataque al ejercicio profesional de los abogados mediante generalizaciones superficiales, descalificaciones infundadas y falsedades malintencionadas, provengan de quién provengan.
Merced a las gestiones realizadas por el Colegio de Abogados de la Prov. de Bs. As. y los Colegios Departamentales individualmente- con la activa participación del CASI- se logró que la Cámara de Senadores resolviera remitir el proyecto a las comisiones pertinentes para su estudio, desestimando su tratamiento sobre tablas y las mociones de preferencia.