Ley 5177. Historia institucional

  • Martín y Omar 339. San Isidro. Frente edificio enero 2020

Ejercicio y reglamentación de la profesión de abogado y procurador. Reglamento de funcionamiento de los colegios departamentales. (Art. 50 inc. e) de la Ley 5177 - T.O. por Decreto 180/87 - modificada por sus similares 12277 y 12548) -Ver textos completos-.

Historia institucional
Fundación. Desarrollo. Ámbito institucional. Área de gestión social. Ámbito académico, cultural y deportivo. Ámbito de difusión. El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados. A la fecha (2019) los profesionales activos superan a los 10.000 abogados. Leer más...

- XL Aniversario: 1965- 2005. Número especial en Conmemoración a la Creación del Colegio de Abogados de San Isidro
 El 8 de octubre de 2005 se cumplieron cuarenta años de la fundación del Colegio de Abogados de San Isidro. Sueños, esfuerzos y la acción ininterrumpida de un recordado grupo de colegas hicieron posible llegar al acto fundacional.  Su vida, desde aquel momento  hasta el presente estuvo y está  marcada por la vocación, el trabajo y sacrificio diario de todos sus componentes y lo será para el futuro. Cuarenta años reflejados en documentos, publicaciones, hechos y anécdotas, dan cuenta de su permanente crecimiento, de su acción constante al servicio de nuestra profesión, del bien común y de los matriculados, destinatarios de la razón de ser de la Institución. Con pluralismo, diversidad y discrepancia, hemos transitado estos primeros cuarenta años, con la mira en un proyecto único, la defensa del Estado de Derecho y ser el primer Abogado de los Abogados, para que estos puedan libre y dignamente ser Abogados.

- Aniversario 50°. Número especial. Conmemoración de la creación del Colegio de Abogados de San Isidro|1965-2015

-La primera abogada argentina: Dra. María Angélica Barreda

-Historia de San Isidro
El sábado 11 de junio de 1580 Don Juan de Garay, fundó la ciudad de la Trinidad -hoy Buenos Aires- capital de la República Argentina.
Y el lunes 24 de octubre de ese mismo año, repartió las "tierras de pan llevar", entre los sesenta y siete vecinos fundadores, para que pudieren contar con lo preciso para vivir conforme al estilo de esos tiempos.  Dieciocho de esos primeros pobladores poseyeron fracciones en San Isidro, quince en Vicente López y dos en San Fernando. Leer más...

 

Noticias

El Colegio de Abogados de San Isidro no ha adherido al sistema de asesoramiento jurídico, por abogados de la matrícula, previsto en el artículo 64 bis de la ley Nº 10.149, en las delegaciones Regionales de Trabajo y Empleo del Ministerio de Trabajo; y a sus protocolos anexos.
Hace 34 años la Argentina decidió recuperar sin tomar todas las precauciones del caso, el territorio malvinense por considerarlo propio desde su toma por el imperio británico en 1833.Fue desde ese mismo momento que las claras aguas del Atlántico, señalaron que nuestras islas están cada vez más próximas a nosotros y de nuestros corazones. Declaración
Minuta de la reunión conjunta celebrada el 31 de marzo en La Plata, entre los Presidentes de todos los Colegios de Abogados departamentales y los representantes de los centros y/o institutos de cada una de las instituciones que consideró y evaluó las posibles reformas, a raíz de la iniciativa propiciada por el Gobierno provincial de modificar la Ley de Mediación.
Cumplimos en comunicar que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires ha resuelto suspender a la Sra. Juez Titular del Juzgado de Familia Nro. 1 de Pilar, Dra. Alejandra C. Velázquez. A disposición de los interesados diversas publicaciones del Colegio denunciando y acusando a dicha Magistrada.
A raíz de la iniciativa propiciada por el Gobierno provincial de modificar la Ley de Mediación, el 31 de marzo -en la La Plata- se llevará a cabo una reunión conjunta entre los Presidentes de todos los Colegios de Abogados departamentales y los representantes de los centros y/o institutos de cada una de las instituciones a fin de considerar y evaluar las posibles reformas.