14
Mayo
2019

Manifestación del Colegio ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Manifestación del Colegio de Abogados de San Isidro frente a la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano).

Manifestación ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Ante la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano), el Colegio de Abogados de San Isidro, manifiesta:

1.- La sucesión ab intestato o bien la testamentaria no es un mero trámite, sino que se trata de un acto jurisdiccional por el cual se declaran herederos en la denominada declaratoria de herederos, o bien en la aprobación del testamento.

2.- La sustitución de tal acto jurisdiccional en funcionarios que constituye la fe pública, no es constitucional:

3.- Así como el juez no es un mero fedatario, el notario no ejerce la jurisdicción; violentar estos conceptos básicos es violar la Constitución Nacional.

4.- La organización del proceso sucesorio, como manifestación del acto jurisdiccional es privativo de cada Provincia, lo que deriva en otra inconstitucionalidad en el avasallamiento del sistema Federal.

5.- El mentado ahorro no es cierto, por varias razones:

a.) el trámite sucesorio se encarece por la tasa de justicia, que es menor a la gabela establecido en la iniciativa conocida del 2% a favor del escribano;
b.) si hay un conflicto entre herederos hay que pagarle al escribano y luego recurrir a la justicia, lo que devengará nuevos gastos;
c.) a ese 2% deberá agregarse los costos impositivos por la intervención notarial y los previsionales;
d.) al Estado tampoco le saldrá más barato, ya que por vía de la negativa del ingreso de tasa de justicia (la mayoría de los contradictorios se tramitan con beneficio de litigar sin gastos) el servicio de justicia se desfinanciaría.

En definitiva, hay oportunidades de gasto ociosos que reducir sin mella del sistema de división de poderes, sin violar el estado federal, y sin privar a los ciudadanos de jurisdicción.
Colegio de Abogados de San Isidro, 14 de mayo de 2019

Noticias

En el día de la fecha, 14 de junio de 2019 ha comenzado a sesionar la Comisión de Discapacidad del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires en el Colegio con la asistencia de colegas de varios Colegios departamentales.
El lunes 3 de junio del corriente, autoridades del Consejo Directivo del Colegio, fueron recibidas por el Sr. Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Se trataron diversos temas institucionales de relevancia vinculados al ejercicio diario de la Abogacía.
Grave desvío institucional. Nueve jueces departamentales decidieron asignarse la representación de todos, para quejarse sobre los males de la administración de la justicia provincial y elevaron una nota al Ministro de Justicia Nacional Dr. Garavano. Reclaman “tome conciencia” de la problemática relacionada con las vacantes sin cubrir de cargos titulares de jueces y funcionarios en la Provincia. Manifestación del Colegio.
El Dr. Sergio Torres juró como nuevo magistrado de la SCBA, ante el Presidente del cuerpo, Dr. Eduardo Néstor de Lázzari, el Vicepresidente y Ministro Decano, Héctor Negri, los ministros, Daniel Fernando Soria, Luis Esteban Genoud, Hilda Kogan, Eduardo Julio Pettigiani; y el Procurador General, Dr. Julio Conte Grand.
¡Feliz día de la Patria! 25 de Mayo, 1810-2019. El valor de la obra conjunta diaria que es nuestro Colegio, adquiere verdadera relevancia como guía para el trabajo de unión que nos compete y no cesar nunca en la búsqueda de la paz social y en la defensa del Estado de Derecho.