15
Jun
2018

Mesa de Trabajo. SNPE e implementación del Ac. 3886

El miércoles 13 de junio pasado se celebró en la Secretaria de Planificación de la SCJBA la reunión de la Mesa de Trabajo sobre presentaciones electrónicas en referencia a la implementación del Ac. 3886.Desde COLPROBA, donde participa activamente nuestro Colegio, se plantearon inquietudes como así desde el Colegio de Magistrados. Temas tratados y respuestas obtenidas.

Informe de la reunión de la Mesa de Trabajo sobre presentaciones electrónicas en referencia
a la implementación del  AC . 3886 

El miércoles 13 de junio del corriente se llevó a cabo en la Secretaria de Planificación de la Suprema Corte de Justicia la reunión de la Mesa de Trabajo sobre presentaciones electrónicas en referencia a la reciente implementación del Ac. 3886. Desde el Colegio de Abogados provincial, del que forma parte activa el Colegio de Abogados de San Isidro, se plantearon numerosas inquietudes (como así desde el Colegio de Magistrados), tales como:

1.-  Diferencias de criterios de aplicación de la AC entre los órganos
2.-  Errores
3.-  Imposibilidad de ver algunas presentaciones en la MEV
4.-  Direcciones de organismos 
5.-  Identificación “cédula papel” y “cédula electrónica”
6.-  Proveídos con remisión a fs
7.-  Instructivo General
8.-  Ampliación de la posibilidad de enviar PDF
9.-  Desde cuando empiezan a correr las 24 hs de intimación a adjuntar documental
10.- Falta de capacitación en los Juzgados
11.- Copia digitalizada
12.- Causa Inexistente
13.- Foliatura digital
14.- Presentación en papel de formularios de Jus, bono y aportes
 

Informe completo

1.- Diferencias de criterios de aplicación de la AC entre los órganos: Se advierte que esta circunstancia ocurre en todos los Deptos. Judiciales. La SCBA elaborará y publicará un informe de preguntas frecuentes y sus respuestas. A su vez nos comprometimos a identificar específicamente los temas en los que existan estas diferencias de criterio, el fuero y Depto. en el que ocurren para ser trabajadas específicamente. Comprometiéndonos los integrantes de la Mesa de Magistrados y Colproba a estar presente en las reuniones que sean necesarias a tal fin.
2.- Errores: El sistema suele mostrar errores (vg. “error genérico”, “-8”, “-7”, “-2”). Se remiten a la Subsecretaría de Tecnología Informática de la SCBA para su explicación. Asimismo COLPROBA decidió solicitar a la Comisión de Jóvenes y la Comisión de Informática la ampliación del Manual de Errores oportunamente publicado.
3.-Imposibilidad de ver algunas presentaciones en la MEV: Se planteó este problema que ocurre por error del órgano al no poner en público el escrito. Se informó que se ha corregido el sistema. Cuando se provee y se publica, automáticamente quedará en público tanto el proveído como la presentación que lo provocó.
4.- Direcciones de organismos: Se está realizando un reordenamiento de las direcciones de organismos para mejorar la identificación.
5.- Identificación “cédula papel” y “cédula electrónica”: Se incluirá la leyenda en el modelo a fin de evitar confusiones.
6.-Proveídos con remisión a fs.: Se ha solicitado nuevamente que se emita otra recomendación recordando que los proveídos deben ser autosuficientes.
7.-Instructivo General: Se solicitó la emisión y distribución de un instructivo general relacionado con la Ac. Se hace saber desde Informática que ya ha sido confeccionado y enviado en relación a las cuestiones técnicas. No está prevista la emisión de otro instructivo de carácter general, más allá de la confección de respuestas a preguntas frecuentes antes mencionadas.
8.-Ampliación de la posibilidad de enviar PDF: Se encuentra prevista para el mes de agosto la actualización del sistema que contempla esta posibilidad. Además, se podrán agregar archivos de video y audio.
9.-Desde cuando empiezan a correr las 24 hs de intimación a adjuntar documental: Es opinión unánime de la Mesa de Presentaciones Electrónicas que la intimación debe ser por cédula.
10.-Falta de capacitación en los Juzgados: Se solicitó reforzar la capacitación del personal en los Juzgados advirtiendo que se desconoce la AC. Asimismo se solicitó capacitación en gestión interna destinada a los Magistrados tomando en cuenta que el trabajo ha cambiado radicalmente y se advierten dificultades en ese sentido.
11.-Copia digitalizada: Tal como se ha publicado en la interpretación en www.colproba.org.ar, para cumplir con la copia digitalizada se deberá presentar el texto del escrito en un escrito electrónico y tildar “presentación con copia en papel Ac.3886”.
12.-Causa Inexistente: Ocurre que desde el ingreso de un inicio en receptoría hasta la radicación en el Juzgado toma un tiempo que no es automático. En caso de urgencia podrán arbitrarse los medios de excepción.
13.-Foliatura digital: Se ha solicitado la implementación de este sistema, sin perjuicio de reiterar la necesidad de que los proveídos sean autosuficientes.
14.-Presentación en papel de formularios de Jus, bono y aportes: Las opiniones de la Mesa son coincidentes en el sentido de la innecesariedad de que sean acompañadas en papel luego de ser presentados digitalmente
 
MÁS INFORMACIÓN
- Desde Informática se comunica que a partir del 4 de junio el número de presentaciones electrónicas creció notablemente, de un promedio diario de 29.000 se pasó a 48.770, siendo el más significativo el fuero de familia que tuvo un incremento del 100%.
- Se está implementando la posibilidad de que el Jefe de la Oficina de Mandamientos pueda firmar y enviar el informe de las diligencias digitalmente.
- Se informa que en el Departamento Judicial La Plata, los magistrados del fuero civil se reunieron para unificar criterios sobre la aplicación del Ac. 3886 en base a la interpretación publicada por COLPROBA.
- Se está trabajando para que los sistemas SIMP y Augusta estén integrados como así también se estudia el tema de la Receptoría General de Expediente y las radicaciones y la posibilidad de remisión electrónica de la planilla Informe. 
- Ante ciertas inquietudes planteadas por distintos fueros de la provincia de Buenos Aires, en la mesa de trabajo se realizan las siguientes aclaraciones: A la documentación en soporte papel que da cumplimiento con el ac. 3886, se le pone cargo manual o se sella copia de las copias; los escritos en la mesa receptora se deben seguir recibiendo; el plazo para notificar electrónicamente audiencias a Asesoría de Menores se rige por el Código de Procedimiento.
- Está previsto instruir a fiscalía, asesor, defensor, curador  para que empiecen a realizar presentaciones electrónicas.
- Se ha comenzado con la dotación de firma digital a los Jueces y se estudia una reforma a la Ac 2514. Sin perjuicio de esto ya muchos jueces firman digitalmente los despachos
- Se está trabajando sobre un trámite que permita desglosar/eliminar presentaciones electrónicas cuando son presentadas fuera de término o en el caso que se ordene devolución de una presentación.
- El acta poder ha quedado derogada con el Ac. 3886.
- Es bien receptada por los representantes del Colegio de Magistrados la idea de proyectar una capacitación integral (informática, jurídica y de gestión) para la aplicación del Ac. 3886 atento que modifica los procesos de trabajo.

 

Fuentes
COLPROBA

Noticias

Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
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