17
Abr
2018

Modificación al régimen de Presentaciones Electrónicas (Acuerdo 3886 SCBA)

El Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires en su última reunión del día 12 de abril consideró las reformas al sistema de presentaciones electrónicas previstas por el Acuerdo N. 3886 de la SCBA resolvió que en forma urgente se planteen las cuestiones más relevantes que son necesarias aclarar y en su caso modificar antes de la entrada en vigencia de las reformas.

Modificación al régimen de Presentaciones Electrónicas (Acuerdo 3886 SCBA)

El Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires en su última reunión del día 12 de abril  consideró las reformas al sistema de presentaciones electrónicas previstas por el Acuerdo N. 3886 de la SCBA resolvió  que en forma urgente se planteen las cuestiones más importantes  que son necesarias aclarar y en su caso modificar  antes de la entrada en vigencia de las reformas.
 
Entre ellas:
  • La aplicación extensiva del art. 120 del C.P.C.C 
  • Presentación de la copia digitalizada del escrito de inicio
  • Copias digitalizadas de los escritos 
  • Presentación de copias en papel
  • Alcance de la carga de presentar documentos en papel: 
  • Presentación de pliego de posiciones en el proceso laboral: 
  • Aclaración expresa que los “escritos de mero trámite” a los que se refiere el Acuerdo 3886 son efectivamente aquellos indicados en el Acuerdo 3842
  • Capacitación de empleados y funcionarios en forma previa a fin de evitar incongruencias y criterios dispares.
     
Sin perjuicio de ello el Colegio seguirá participando de la Mesa de trabajo conjunta  con la participación del COLPROBA y la Suprema Corte de Justicia para  evitar que las reformas provoquen inconvenientes a los profesionales o se lesionen derechos de los Justiciables.
 
Fuentes
Colegioi de Abogados de San Isidro- COLPROBA

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El mensaje que el sistema (SNE) envía automáticamente a la dirección de correo electrónico -denunciada por el letrado en oportunidad de la validación de la cuenta de usuario es considerado aviso de cortesía. Sólo pone en conocimiento del destinatario que ha recibido una notificación electrónica, con mención de número de causa y carátula.
Actualización, 16/10/14.Firma digital electrónica.Los letrados pueden realizar presentaciones por vía electrónica desde el Portal WEB de Notificaciones, dejándolas disponibles para que los organismos de destino procedan a su confronte, despacho y posterior tramitación, en caso que así se requiera. Aclaraciones. Drivers para dispositivo USB token. Guía de solicitud de Certificado Digital e instructivo
Para saber de qué se trata y cómo se aplican, el lunes 9 de junio a las 18:30 recibiremos en el salón auditórium del Colegio –Acassuso 424- a funcionarios expertos en informática de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires y del COLPROBA. Colegas: participen, pregunten y aclaren todas las dudas sobre el particular.
Resumen de la exposición realizada por el Lic. Alberto Spezzi, en la jornada organizada por la Comisión de Administración de Justicia de nuestro colegio el día 18 de Abril de 2012