29
Mar
2020

Nueva normativa. Alquileres. Hipotecas. Certificado único habilitante

En el día de la fecha han sido publicados en el Boletín Oficial de la R.A. n° 34342, los DNU nros. 319 y 320 relativos a hipotecas y a alquileres, respectivamente. También la res. 48 del Ministerio del Interior que establece el certificado único habilitante de circulación. Textos.
  • nva normativa

En el  Boletín Oficial de la República. Argentina del 29 de marzo de 2020 han sido publicados sendos DNU  de orden público, en el marco de la emergencia pública. A saber:

Decreto nro. 319/20 - Hipotecas
Voces del articulado: Congelamiento del valor de las cuotas - Suspensión de ejecuciones - Prescripción y caducidad- Prórroga de inscripciones registrales - Deudas por diferencia en el monto de las cuotas - Deudas por falta de pago

Decreto nro.  320/20 -Alquileres
Voces del articulado: Suspensión de desalojos -prórroga de contratos - congelamiento de precios de alquileres - subsistencia de fianza - deudas por diferencia de precio - deudas por falta de pago – bancarización - contratos alcanzados - excepción - vulnerabilidad del locador – exclusión- mediación obligatoria

Además el  Mininisterio  del Interior por Res. 48/2020 estableció  el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 que se gestiona a on line (Plataforma digital para hacer el trámite.Validez: 7 días)

 

 

 

Fuentes
BORA

Noticias

Por Res. SC Nº 1133/21/21 la SCBA a estableció, hasta el 1/10/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio de justicia en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz; incorpora la prestación de tareas presenciales del personal cfr. los arts.3 bis y ter del Decreto Nº 203/20.
El decreto 521/21 ha dispuesto que los trabajadores estatales que hayan recibido al menos una dosis de cualquier vacuna contra el coronavirus o no se hayan querido vacunar podrán ser convocados a prestar funciones de manera presencial. Incluye a la población en riesgo. Alcances de la medida.
Por Res. SC Nº 1035/21 la SCBA a estableció, hasta el 6/8/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz. Aplicación conjunta medidas art. 3º Resolución SC Nº 761/21. Otras medidas
La SCBA por Res. SC Nº 979/21 estableció, hasta el 9/7 del corriente inclusive, el esquema del servicio de justicia y sus alcances de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, que se aplicarán conjuntamente con las medidas complementarias dispuestas en el art. 3º de la Res. SC Nº 761/21. En el Colegio se intensifica la atención en línea. Todos los municipios que conforman el Dep. Judicial de San Isidro se encuentran en fase epidemiológica III.
Todos los órganos jurisdiccionales y dependencias de la propia Corte contemplan los requerimientos de los profesionales que planteen problemas relacionados con el coronavirus para el normal desarrollo de su actividad.
El trámite debe hacerse previamente en el Colegio por correo electrónico. Res. 123/20. Detalles.