07
Abr
2020

Cuentas bancarias judiciales, transferencias y normalización de la operación electrónica

Por Res 16/20 la SCBA resolvió que en el marco de la Emergencia Sanitaria todas las órdenes de pago con débito en las cuentas judiciales que libren los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, deberán realizarse mediante trasferencias electrónicas, aun de montos iguales o inferiores a $ 30.000 en función de la normativa del BCRA.

SCBA. Res. 16/20.
COVID-19 (Coronavirus). Realización de transferencias electrónicas para el pago con débito en cuentas judiciales, aún en montos iguales o inferiores a $30.000.

Por resolución del 7 de abril de 2020, la SCBA resolvió que en el marco de la Emergencia Sanitaria "todas las órdenes de pago con débito en las cuentas judiciales que libren los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, deberán realizarse mediante trasferencias electrónicas, aun de montos iguales o inferiores a $ 30.000 en función de la normativa del BCRA" .

Asimismo el BAPRO cumplimentará normalmente el resto de la operatoria judicial electrónica vinculada a las cuentas judiciales, (vgr. Aperturas de éstas últimas) dándose prioridad a las cuestiones alimentarias urgentes, en el marco de la actual coyuntura de aislamiento social preventivo y obligatorio.

Finalmente, se requiere la colaboración del Colegio de Abogados y de Magistrados y Funcionarios, ambos de la Provincia de Buenos Aires, para realizar un seguimiento de las disposciones contenidas en la presente resolución.

 

Fuentes
SCBA

Noticias

Por Res. SC Nº 1133/21/21 la SCBA a estableció, hasta el 1/10/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio de justicia en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz; incorpora la prestación de tareas presenciales del personal cfr. los arts.3 bis y ter del Decreto Nº 203/20.
El decreto 521/21 ha dispuesto que los trabajadores estatales que hayan recibido al menos una dosis de cualquier vacuna contra el coronavirus o no se hayan querido vacunar podrán ser convocados a prestar funciones de manera presencial. Incluye a la población en riesgo. Alcances de la medida.
Por Res. SC Nº 1035/21 la SCBA a estableció, hasta el 6/8/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz. Aplicación conjunta medidas art. 3º Resolución SC Nº 761/21. Otras medidas
La SCBA por Res. SC Nº 979/21 estableció, hasta el 9/7 del corriente inclusive, el esquema del servicio de justicia y sus alcances de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, que se aplicarán conjuntamente con las medidas complementarias dispuestas en el art. 3º de la Res. SC Nº 761/21. En el Colegio se intensifica la atención en línea. Todos los municipios que conforman el Dep. Judicial de San Isidro se encuentran en fase epidemiológica III.
Todos los órganos jurisdiccionales y dependencias de la propia Corte contemplan los requerimientos de los profesionales que planteen problemas relacionados con el coronavirus para el normal desarrollo de su actividad.
El trámite debe hacerse previamente en el Colegio por correo electrónico. Res. 123/20. Detalles.