01
Jun
2020

Reclamo del Colegio a la SRT y Comisiones Médicas

El Colegio reclamó que la SRT y las Comisiones Médicas adopten medidas rápidas, eficaces, y urgentes (resguardando siempre la salud de todos), para restablecer la prestación de varios servicios mediante la Ventanilla virtual, para preservar el derecho de los trabajadores.

Reclamo del Colegio a la SRT y Comisiones Médicas

 

Destacados

El Colegio solicita a la SRT, con carácter  urgente adoptar las siguientes medidas:

1.- Reanudación de Plazos y términos para el dictado de las resoluciones, dictámenes y disposiciones de clausura, conforme resolución 297/2017. Estos pueden realizarse en forma remota y notificarse tal y como viene siendo realizado mediante le Ventanilla Electrónica creada y de uso obligatorio para los letrados en la Resolución 22/2018.

2. Inicio de la totalidad de los trámites a distancia mediante e-Servicios S.R.T. –“Sistema de Ventanilla Electrónica”, o Modulo TAD del Sistema GDE hasta tanto la MESA DE ENTRADAS VIRTUAL de la S.R.T. se encuentre operativa.

3. Operatividad inmediata del Protocolo para la celebración de audiencias ante el Servicio de Homologación en el ámbito de las comisiones médicas, en forma virtual establecido por Resolución SRT 40/20 del 29 de abril del 2020, y para aquellas que potencialmente puedan ser llevadas a cabo mediante dicho protocolo.

4. Reprogramar los turnos previsionales, laborales y de psicodiagnósticos suspendidos desde el 13 de marzo de 2020, estableciendo claramente un estricto protocolo de Seguridad e Higiene donde las personas involucradas (médicos, personal esencial, trabajadores y letrados) respeten el horario del turno asignado, sirviendo el comprobante del turno como permiso de circulación.

Asimismo, cumpliendo con las normas de distanciamiento social, el uso obligatorio de tapabocas, verificación febril en su ingreso, declaración jurada que no estuvieron de viaje o han retornado recientemente en las zonas afectadas, que han guardado la debida cuarentena y que no han tenido contacto estrecho con portadores del virus COVID 19 ni han mostrado ellos síntomas compatibles con la enfermedad y demás recomendaciones integrantes del protocolo de salud.

El ingreso de los usuarios a las Comisiones médicos deberá ser administrado por cada Comisión Medica Jurisdiccional, garantizando el mínimo contacto social indispensable, reitero enfáticamente con las medidas estrictas de resguardo.

5. Habilitación mediante e-Servicios S.R.T. “Sistema de Ventanilla Electrónica”, hasta tanto la MESA DE ENTRADAS VIRTUAL de la S.R.T. se encuentre nuevamente operativa, de las Apelaciones previstas en el Art 16 de la Resolución 298/2018 y el traslado previsto en el 4° Párrafo en forma electrónica.-

6. La Incorporación de 3(tres) Abogados de la matricula profesionales del Derecho de Riesgos del Trabajo designados por la representación Colegial, al Comité de Crisis, creado conforme Resolución S.R.T. N° 22 de fecha 17 de marzo de 2020, con el fin de aportar otra mirada, experiencia e iniciativa a la situación extraordinaria actual.

Noticias

Por Res. SC Nº 1133/21/21 la SCBA a estableció, hasta el 1/10/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio de justicia en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz; incorpora la prestación de tareas presenciales del personal cfr. los arts.3 bis y ter del Decreto Nº 203/20.
El decreto 521/21 ha dispuesto que los trabajadores estatales que hayan recibido al menos una dosis de cualquier vacuna contra el coronavirus o no se hayan querido vacunar podrán ser convocados a prestar funciones de manera presencial. Incluye a la población en riesgo. Alcances de la medida.
Por Res. SC Nº 1035/21 la SCBA a estableció, hasta el 6/8/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz. Aplicación conjunta medidas art. 3º Resolución SC Nº 761/21. Otras medidas
La SCBA por Res. SC Nº 979/21 estableció, hasta el 9/7 del corriente inclusive, el esquema del servicio de justicia y sus alcances de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, que se aplicarán conjuntamente con las medidas complementarias dispuestas en el art. 3º de la Res. SC Nº 761/21. En el Colegio se intensifica la atención en línea. Todos los municipios que conforman el Dep. Judicial de San Isidro se encuentran en fase epidemiológica III.
Todos los órganos jurisdiccionales y dependencias de la propia Corte contemplan los requerimientos de los profesionales que planteen problemas relacionados con el coronavirus para el normal desarrollo de su actividad.
El trámite debe hacerse previamente en el Colegio por correo electrónico. Res. 123/20. Detalles.