Personas Jurídicas

Dirección Provincial de Personas Jurídicas

En el presente sitio encontrará la Normativa aplicable en la provincia de Buenos Aires a los trámites a presentarse por ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas; los formularios y anexos; Tasas Fiscales, traslado y optativas e instructivos de los trámites:

  • Asociaciones Civiles
  • Fundaciones
  • Sociedades Comerciales
  • Trámites Judiciales ante la DPPJ

Horario de atención

Lunes a viernes de 9:00 A 11:00

Modalidad

Se atiende solo con turno previo reservado por e mail: [email protected]

Consultas por trámites

Las consultas podrán efectuarse en forma virtual a través del sistema Trámix en (ingresando número de Legajo): http://tramix.persjuri.gba.gov.ar:8080/TRAMIX/
Correo electrónico: [email protected]

Certificación de firmas

Solicitar turno previamente en la Delegación: [email protected]
Se tomarán hasta tres (3) certificaciones de firma por turno.

Tasas | Sociedades comerciales

Abonarán Tasa General de Actuación y Tasa fiscal correspondiente al trámite a realizar; Tasa Traslado, Tasa Delegación (su importe es idéntico al total del pago en concepto de timbrado de la tasa administrativa/fiscal de cada expediente)

Tasas | Asociaciones Civiles, Fundaciones y Mutuales

Abonarán Tasa de Traslado, Tasa de Delegación ($3.000). Se encuentran exentas del pago de Tasa fiscal y General de Actuación.
Tasas preferenciales: optativa (1, 4 o 15 días hábiles). Tasa 1 y 4 días deberán adjuntarse antecedentes inscriptos.

Tasas | Asociaciones Civiles Ley 15192

Las tasas identificadas como “LEY 15192” sólo aplican a las entidades comprendidas en dicha norma:
Clubes de Barrio, Centro de Jubilados, Sociedades de Fomento, Centros Culturales, Jardines Comunitarios, Organizaciones de Comunidades Migrantes y asociaciones civiles con ingresos totales anuales hasta la categoría G del monotributo.

Noticias

En todos los trámites registrales efectuados por sociedades nacionales, binacionales, sociedades constituidas en el extranjero y/o de registración o modificación de contratos asociativos o contratos de fideicomiso, se deberá presentar una declaración jurada conforme lo indicado en la Disposición 130/17. Texto completo. Formulario imprimible.
Se fijó la nueva tasa administrativa general y única para los trámites correspondientes que involucren a asociaciones civiles, fundaciones y mutuales. Se deberá abonar un arancel equivalente $ 135 (tres veces la tasa prevista en el artículo 67 de la Ley Impositiva del año 2018 en concepto de tasa general de actuación).
La DPPJ convoca a todas las asociaciones civiles sin fines de lucro de los partidos de S. Isidro, S. Fernando, Tigre, V. López, Campana, Escobar, Gral. Rodríguez, José C. Paz, S.Miguel, S. Martín, Malvinas Argentinas a participar de la jornada de “Normalización y Capacitación de Asociaciones Civiles de la Provincia de Buenos Aires” en el polideportivo de Luján, el 26/8.
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas -Delegación Colegio de Abogados de San Isidro- hace saber a los usuarios los nuevos valores aplicables en concepto de tasas durante el año 2017.