29
Ago
2016

Prácticas profesionales supervisadas, conveniadas con la Univ. de San Isidro

La Fundación de Estudios Superiores Dr. Plácido Marín, Universidad de San Isidro y el Colegio de Abogados de San Isidro celebraron un Convenio de Práctica Profesional Supervisada, mediante la cual el alumno realiza actividades contempladas en los alcances del título y relacionadas con el medio real de desempeño de la profesión. Agradecemos a los Colegas que se ofrecieron como Estudios receptores. Convenio marco. Alcances.

En cumplimiento del Convenio suscripto entre el Colegio y la USI el 16 de junio del corriente año, –conforme a sus cláusulas y alcances-  ya comenzaron a ponerse en marcha las prácticas profesionales supervisadas.

Prácticas profesionales supervisadas conveniadas con la Universidad de San Isidro. Detalles

-En qué consiste la propuesta
Consiste en la pasantía a realizarse en un estudio Jurídico con la finalidad de obtener la práctica del ejercicio de la abogacía tomando contacto directo con las tareas diarias desarrolladas en el ámbito de trabajo. El alumno deberá concurrir al Estudio Jurídico los días y horarios establecidos  (con un mínimo de cuatro horas semanales).

-Propósitos
Que el alumno tome contacto con casos reales y participe activamente en las tareas internas del Estudio Jurídico y en la recorrida  de Tribunales realizando junto a personal del Estudio la procuración; que reconozca las habilidades de un buen abogado que respeta las normas de ética profesional con el cliente, el colega y los funcionarios judiciales, tomando contacto en y ante los Tribunales-.

-Finalidad del proyecto
Integrar los conocimientos teóricos adquiridos durante la formación académica de la carrera, enfrentándose con problemas reales de la profesión y con las tecnologías disponibles
Tomar contacto con la forma de ejercer la profesión en distintos sectores empresariales, públicos, e instituciones no gubernamentales, en forma gradual y supervisada.
Integrarse a grupos sociales laborales afines a sus futuras tareas profesionales, que le permitan experimentar las relaciones interpersonales dentro de una organización laboral.
Explorar posibles campos laborales para el ejercicio profesión
Consolidar las competencias adquiridas durante la formación académica para el análisis de problemas, para la formulación de alternativas y propuestas de resolución, organización y dirección de tareas aplicadas a la profesión y adquirir la capacidad de establecer criterios claros al momento de actuar ante situaciones emergentes.

-Metodología y práctica
- Confección de escritos, cédulas, oficios y demás documentación a presentar en los expedientes.
- Concurrencia a audiencias de mediación y/o  conciliación y/o vista de causa, etc.
- Utilización de las herramientas tecnológicas utilizadas administrativamente por el Estudio Jurídico y las exigidas por la SCBA (Token) y/o CSJN.

-Objetivos
Que el alumno tome contacto con el ejercicio profesional de la abogacía visualizando en la práctica los conocimientos teóricos obtenidos en la universidad.
Que adquiera habilidades de buen abogado respetando las normas de ética profesional.
Tome contacto con los conocimientos tecnológicos  exigidos por el Poder Judicial
Adquiera experiencia en la organización y administración del trabajo profesional.

 

Noticias

El viernes 18 de diciembre a las 18:00 compartimos un encuentro virtual con motivo de la finalización del año 2020. Saludos a cargo del Dr. Santiago Quarneti. Músicos del Teatro Colón dieron un concierto en el parque del Colegio. ¡Acompáñenos en las redes!
Las autoridades del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro presidido por el Dr. Santiago Quarneti, felicitan al Sr. Vice Presidente Segundo del Colegio, Dr. Fulvio Santarelli, quien ha sido ganador del Premio Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires -2020-.
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente- se manifiesta en la siguiente declaración.
La ley 5177 del 6 de noviembre de 1947 reglamenta el ejercicio de la abogacía y la procuración, y da origen a los Colegios de Abogados con su actual caracterización de entes públicos no estatales, explicitando su razón de ser, sus alcances y funciones.
El Senado de la Provincia de Bs. As., aprobó por unanimidad y sobre tablas, el proyecto de reforma al artículo 5 del Código Contencioso Administrativo (E-82-2020-2021), que permitirá, de convertirse en ley, que los justiciables puedan concurrir a demandar a la provincia y sus entes, a los juzgados descentralizados de toda la Provincia, en lugar de hacerlo, como en la actualidad, solo en ciudad de La Plata.