01
Jun
2017

Presentación de documentos judiciales. Reg.de la Prop. Inmueble provincial: carátula obligatoria

La “Caratula de Presentación de Documentos Judiciales” implementada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires acompañará a toda la documentación judicial proveniente de órganos jurisdiccionales de la Provincia, con exclusión de la que se refiera a servicios de publicidad y medidas cautelares: será obligatoria a partir del 3/7/17.

La disposición técnico registral Nº 25, de fecha 28 de diciembre de 2016,  implementa la “Caratula de Presentación de Documentos Judiciales” 
La misma acompañará a toda la documentación judicial proveniente de órganos jurisdiccionales de la Provincia, con exclusión de la que se refiera a servicios de publicidad y medidas cautelares. La utilización de la carátula que ahora es optativa, será obligatoria a partir del 3 de julio de 2017. 

Más información
DTR nro. 25
* Carátula documento judicial 
* Carátula documento judicial anexo I
* Carátula documento judicial anexo II
* Para consultar tabla de código de actos

Mundo Forense
Los formularios e instructivos del Registro de la Propiedad Inmueble provincial se encuentran aquí

 

Fuentes
COLPROBA - REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE P.B.A.

Noticias

Se ha establecido que se hará efectivo a partir del 12 de marzo de 2018 el funcionamiento de la Mesa de Entradas Virtual para los Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil, de Ejecución Penal y en lo Correccional, Tribunales en lo Criminal, Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal y Tribunal de Casación Penal.
Agregamos dos servicios de información que no reconoce precedente por la trascendencia y la novedad que involucra la forma de su prestación: el acuerdo logrado con la editorial de IJ Editores y un acuerdo con Thomson Reuters La Ley y Abeledo Perrot, por medio del cual, y gracias a la tecnología podemos acercar a sus estudios una biblioteca básica digital.
Las presentaciones de cédulas, oficios, exhortos, rogatorias y otras peticiones dirigidas a la AFIP (cuando no hubiere constituido domicilio procesal) correspondientes a la CABA y Gran Buenos Aires, deberán ser efectuadas exclusivamente en Balcarce 167, CABA, División Oficios, PB, Ventanillas 8, 9 y 10. Interior del país: se considerará domicilio legal del Organismo la Agencia Sede, Agencia, Distrito y Aduanas, respectivas.
Novedad. Un video donde expone el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Guillermo E. Sagués acerca de la nueva ley de honorarios profesionales -14967- en relación a los aspectos más sustanciales de esta normativa. Edición en soporte papel a disposición de los matriculados. (Tabla de honorarios)
Los matriculados pueden informar cualquier violación a la ley 14967. Los datos aportados constituirán un relevamiento de regulaciones contrarias a la ley y a la dignidad del trabajo profesional, que permitirán identificar situaciones concretas de la práctica cotidiana en el ejercicio profesional. El Colegio actuará en consecuencia. Formulario