28
Jun
2019

Presentación. Suspensión del servicio de recepción de escritos en Juzgados de paz

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, del que participa en forma activa el Colegio de Abogados de San Isidro, ha formulado una petición ante la Suprema Corte para que se revierta el alcance de la resolución 1434/19 que dispone la suspensión del servicio de recepción de escritos en los Juzgados de Paz.

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, del que participa en forma activa el Colegio de Abogados de San Isidro,  ha formulado una petición ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires para que se revierta el alcance de la resolución 1434/19 que dispone la suspensión del servicio de recepción de escritos en los Juzgados de Paz.

La misiva, dice textualmente: 

"Sr. Presidente de la Suprema Corte de  Justicia de la Provincia de Buenos Aires Dr. Néstor Eduardo de Lázzari
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Presidente, en nombre y representación del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, al efecto de hacerle saber la preocupación manifestada por los matriculados en torno al dictado de la resolución 1434/19 que dispone la suspensión del servicio de recepción de escritos en los Juzgados de Paz para ser diligenciados a los organismos ubicados en las cabeceras departamentales.
Comprendiendo las motivaciones de la resolución y celebrando que es un hecho la posibilidad de disminuir efectivamente ciertos costos gracias a los avances tecnológicos, acercamos una propuesta de transición que consideramos valiosa.
Hasta que la reforma procesal así lo disponga, las partes deberán cumplir con la presentación en formato papel. Durante ese tiempo los abogados que tienen estudio fuera de la cabecera departamental están obligados a viajar.
Por ello entiendo que constituiría una disminución de costos considerable para el Poder judicial el mantenimiento del servicio· de correo una vez por semana permitiendo también a los letrados el ahorro de costos y de los riesgos que genera el traslado.
Asimismo, hay que resaltar que no se vería resentido el trámite del proceso, pues el juzgado interviniente ya contaría con la presentación digital.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para saludar al Sr.Presidente con mi consideración más distinguida. (Firmado, Dr. Mateo Laborde. Presidente)

Fuentes
COLPROBA

Noticias

Celebrando el cincuentenario:"La libertad ideológica de jueces y magistrados, las relaciones entre Jueces y política", por un lado y "la interpretación constitucional, poder judicial y democracia", por el otro, serán los temas de las conferencias magistrales a cargo de los Dres. Jorge F. Malem Seña y Roberto Gargarella. Participe
Participamos a todos los Colegas interesados, el Programa especialmente previsto con motivo de cumplirse el cincuentenario de la creación del Colegio, acontecida el 8 de octubre de 1965. Los actos celebratorios comprenden varios homenajes, festejos y actividades institucionales, académicas, culturales y deportivas.
En un viernes soleado festejamos los colegas el día del Abogado en homenaje a Alberdi. Un encuentro de afable camaradería en el diario trajinar profesional. Esto está aconteciendo ahora, en la sede colonial de nuestro Colegio. Cumplidas las formalidades de la ceremonia, las palabras del Sr. del Presidente del Colegio y las salutaciones de estilo, la conversación y el brindis se han convertido en una fiesta.
En razón del crecimiento de las actividades institucionales, académicas y culturales que viene experimentando el Colegio, con la masiva cantidad de colegas que concurren a cursos, jornadas, conferencias, carreras y encuentros formativos, el Consejo Directivo ha emprendido un programa (de cumplimiento por etapas) de renovación y reparación de algunos sectores de la sede tradicional de Martín y Omar 339 así como la optimización de los espacios de su superficie.
La sala Ia. de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial de La Plata, resolvió denegar la procedencia de los recursos extraordinarios federales deducidos por la demandada ANSES contra las sentencias dictadas en las causas detalladas a continuación. Reseña de litigios