24
Feb
2015

Presentaciones y notificaciones electrónicas

Ponemos a disposición de los colegas un link referido a este tema, a los efectos de interiorizarse de la normativa y mecanismo de acceso y utilización del sistema. Mediante el mismo podrá acceder a las acordadas respectivas, a los instructivos pertinentes como así también a los dispositivos homologados por la SCJBA, descargas y claves por defecto. Click sobre la imagen

Firma electrónica. 

Resolución 1827/12: Reglamentación Presentaciones electrónicas.
Acuerdo 3540/11: Reglamentación para la notificación por medios electrónicos.
Acuerdo 3733/14: Extensión a todo el ámbito de la Administración de Justicia del sistema de notificaciones electrónicas.
Instructivo para la solicitud de certificados de firma electrónica.
Instructivo para realizar presentaciones electrónicas.
Dispositivos homologados por la SCJBA. Descargas. Marcas y modelos. Claves por defecto.

Click sobre la imagen

Fuentes
Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

Preguntas frecuentes acerca del funcionamiento del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas. Aspectos técnicos y sugerencias útiles.
Portal de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas: se pospone el cambio de la nueva versión, lo que aparejaba en algunos casos la actualización de los equipos, al 30/09/2020
Se hace saber a los matriculados que a partir del 1 de septiembre próximo pasado se han implementado modificaciones en el Sistema de Información catastral (SIC), con el objeto de mejorar la carga en la Solicitud de Certificado Catastral. Instructivo
La Corte Suprema de Justicia Nacional desestimó un recurso de queja planteado por una de las partes, al constatar que no se había dado cumplimiento dentro del término respectivo con la intimación para acreditar -en soporte papel- el pago del depósito contemplado en el artículo 286 del C.P.C.C.N. Fallo. Doctrina: Dres. Gastón E. Bielli y Andrés L. Nizzo.
La SCBA dispuso que desde hoy 24/6/2019 se encontrará disponible el aplicativo informático para tramitar los oficios judiciales al BCRA. Los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, a partir de ahora deberán canalizar indefectiblemente dichos requerimientos por los referidos medios telemáticos.