02
Oct
2020

Prórroga por 90 días

Prórroga. La Dirección Provincial de Personas Jurídicas mediante la disp. 2020-28 establece medidas para preservar la salud de las instituciones, evitando la acefalía en la integración de sus órganos naturales.

Texto completo. Disp. 2020-28

Boletín Oficial de la Prov.de Bs.As. N° 28866 - 2/10/2020

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DISPONE:

ARTICULO 1º.- Prorrogar en todos sus términos, por el plazo de noventa (90) días a partir de su vencimiento la vigencia de la Disposición DPPJ Nº 12/2020, de fecha 13 de marzo de 2020.

ARTICULO 2º.- Extender la vigencia de los mandatos de los órganos de gobierno, administración y fiscalización de las asociaciones civiles, sin distinción de grados, cuyos vencimientos operaron u operen a partir de la entrada en vigencia del DNU Nº 297/2020 -y sus eventuales prórrogas-, desde su acaecimiento y por NOVENTA (90) días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente.

ARTICULO 3º.- La extensión dispuesta en el artículo anterior, no obsta a que aquellas entidades que se encuentren en condiciones de llevar adelante sus asambleas dando cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigentes, así lo hagan.

ARTICULO 4º.- La aprobación de la gestión correspondiente a la extensión del mandato establecida en el artículo 2º de la presente para los integrantes del órgano de administración, deberá ser materia de tratamiento en un punto específico del Orden del Día de la primera asamblea ordinaria que sea convocada por la entidad.

ARTÍCULO 5º.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Fuentes
DPPJ
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Con motivo de la visita que el miércoles 17 de julio a las 10:00 hicieron funcionarios de la Dirección de Personas Jurídicas a la sede del Colegio, varios interesados participaron del encuentro. Fueron recibidos por el Presidente del Colegio y la Directora de la Delegación de Personas Jurídicas local.
En todos los trámites registrales efectuados por sociedades nacionales, binacionales, sociedades constituidas en el extranjero y/o de registración o modificación de contratos asociativos o contratos de fideicomiso, se deberá presentar una declaración jurada conforme lo indicado en la Disposición 130/17. Texto completo. Formulario imprimible.
Se fijó la nueva tasa administrativa general y única para los trámites correspondientes que involucren a asociaciones civiles, fundaciones y mutuales. Se deberá abonar un arancel equivalente $ 135 (tres veces la tasa prevista en el artículo 67 de la Ley Impositiva del año 2018 en concepto de tasa general de actuación).
La DPPJ convoca a todas las asociaciones civiles sin fines de lucro de los partidos de S. Isidro, S. Fernando, Tigre, V. López, Campana, Escobar, Gral. Rodríguez, José C. Paz, S.Miguel, S. Martín, Malvinas Argentinas a participar de la jornada de “Normalización y Capacitación de Asociaciones Civiles de la Provincia de Buenos Aires” en el polideportivo de Luján, el 26/8.
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas -Delegación Colegio de Abogados de San Isidro- hace saber a los usuarios los nuevos valores aplicables en concepto de tasas durante el año 2017.