30
Sep
2014

Proyecto de Reforma y Unificación del Código Civil y Comercial de la Nación

Coartar la posibilidad de un debate parlamentario, con análisis jurídicos serios es privar a la ciudadanía argentina de los objetivos primordiales que tuvieron los primeros Constituyentes en el Preámbulo de nuestra Carta Magna. Declaración emitida el 30 de septiembre de 2014, por el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro

Declaración del Colegio de Abogados de San Isidro ante la inminencia de la aprobación del Proyecto de Reforma y Unificación del Código Civil y Comercial de la Nación

 

Ante el anuncio de la aprobación por parte de la Cámara de Diputados de la Nación del Proyecto de Reforma y Unificación de los Códigos Civil y Comercial, fijado para el próximo miércoles 1 de octubre, el Colegio de Abogados de San Isidro, entiende que no existe justificación alguna para proceder a la apresurada sanción del mencionado proyecto, que fijará el núcleo normativo que regirá la vida de los argentinos, sin contar con el consenso de la gran mayoría de la sociedad.

Coartar la posibilidad de un debate parlamentario, con análisis jurídicos serios es privar a la ciudadanía argentina de los objetivos primordiales que tuvieron los primeros Constituyentes en el Preámbulo de nuestra Carta Magna “…afianzar la justicia,... promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la Libertad”.

Por ello el Colegio de Abogados de San Isidro, exhorta a los Sres. Diputados Nacionales para que actúen con seriedad y prudencia, realizando un meditado nuevo análisis; reflexivo y exhaustivo del proyecto, para alcanzar una reforma legislativa que logre el consenso social necesario para que perdure en el tiempo, y sea garantía de progreso con seguridad jurídica.

Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro, 30 de septiembre e 2014.

 

Imagen externa: corona de la cúpula del Congreso de la Nación Argentina

Fuentes
Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro

Noticias

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Las autoridades del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro presidido por el Dr. Santiago Quarneti, felicitan al Sr. Vice Presidente Segundo del Colegio, Dr. Fulvio Santarelli, quien ha sido ganador del Premio Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires -2020-.
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La ley 5177 del 6 de noviembre de 1947 reglamenta el ejercicio de la abogacía y la procuración, y da origen a los Colegios de Abogados con su actual caracterización de entes públicos no estatales, explicitando su razón de ser, sus alcances y funciones.
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