19
Sep
2014

Rechazo a la Res. 479/14. Solicitada a la ANSES

En una solicitada se le recuerda a la ANSES que el poder de policía sobre la actuación profesional de los abogados recae en los Colegios profesionales por manda constitucional. Exigen se pongan a disposición turnos para los abogados apoderados. Se deje de instar a las personas de la tercera edad para que prescindan de asesoramiento letrado en trámite jubilatorios.

Declaración. Resolución. Más diligencias. Campaña publicitaria

Declaración del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, editada en su hoja web en el día de la fecha.

http://www.casi.com.ar/?q=content/registro-de-abogados-y-gestores-administrativos-dispuesto-por-ansesPor resolución 479/14 -publicada en el BO el 10/9/2014- creose el nuevo Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para ejercer la representación de los titulares de derechos o sus causahabientes ante la ANSES para tramitar prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Requisitos. Texto completo. Noticia relacionada publicada el 11/9/2014.

Más diligencias
Se informa que el día miércoles 17 del corriente los Dres. Bienvenido Rodríguez Basalo y Fernando Pablo Levene se entrevistaron con los asesores que intervinieron en la acción judicial ante la ANSES del año pasado, con quiénes decidieron presentarse en los autos “Colegio de Abogados de Provincia de Buenos Aires y otros  c/ ANSES s/ Amparo Ley 16986 FLP 2366/2013”, en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 4 Secretaria 12 de La Plata,  para denunciar el incumplimiento de la medida cautelar vigente y las nuevas circunstancias impeditivas para el ejercicio profesional en el marco de la nueva moratoria. 

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Noticias

Declaración. El rol del estamento de los abogados en el Consejo de la Magistratura de la Nación. es esencial para la plena vigencia del Estado de Derecho y la real independencia de los tres poderes del Estado. La Corte Suprema avaló el accionar del Colegio de Abogados de San Isidro que, desde hace años sostiene la inconstitucionalidad de la ley 26080, al punto de iniciar una acción de amparo en su contra y de abstenerse de participar en forma activa en las elecciones de los abogados del interior.
Coordinado por la Comisión de Derechos Humanos y Sociales del CASI, durante la jornada del jueves 9/12/21se firmó un Convenio marco de colaboración entre el Colegio de Abogados de San Isidro y la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, representada por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
El viernes 10 de diciembre desde las 19:30 hasta la una de la madrugada despediremos el año en los jardines del Colegio. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Reservemos esta fecha como el compromiso especial para reunirnos con nuestros colegas. Valor de la tarjeta. Forma de pago. Cupos limitados.
El propósito del sistema de enjuiciamiento de magistrados, fruto del régimen constitucional nacional y provincial, no es el castigo al funcionario, sino la separación del magistrado que pueda haber incurrido en las faltas y delitos previstos por los arts. 20 y 21 de la ley 13661. La sociedad reclama volver a creer en el poder Judicial, por lo que es de nuestra incumbencia que el mismo vuelva a ser creíble.
El Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, recibió hoy (19/11/21) al mediodía a la Presidenta del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro, Dra. Paula Lorena Méndez, oportunidad en que trataron cuestiones de interés institucional.