19
Sep
2014

Rechazo a la Res. 479/14. Solicitada a la ANSES

En una solicitada se le recuerda a la ANSES que el poder de policía sobre la actuación profesional de los abogados recae en los Colegios profesionales por manda constitucional. Exigen se pongan a disposición turnos para los abogados apoderados. Se deje de instar a las personas de la tercera edad para que prescindan de asesoramiento letrado en trámite jubilatorios.

Declaración. Resolución. Más diligencias. Campaña publicitaria

Declaración del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, editada en su hoja web en el día de la fecha.

http://www.casi.com.ar/?q=content/registro-de-abogados-y-gestores-administrativos-dispuesto-por-ansesPor resolución 479/14 -publicada en el BO el 10/9/2014- creose el nuevo Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para ejercer la representación de los titulares de derechos o sus causahabientes ante la ANSES para tramitar prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Requisitos. Texto completo. Noticia relacionada publicada el 11/9/2014.

Más diligencias
Se informa que el día miércoles 17 del corriente los Dres. Bienvenido Rodríguez Basalo y Fernando Pablo Levene se entrevistaron con los asesores que intervinieron en la acción judicial ante la ANSES del año pasado, con quiénes decidieron presentarse en los autos “Colegio de Abogados de Provincia de Buenos Aires y otros  c/ ANSES s/ Amparo Ley 16986 FLP 2366/2013”, en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 4 Secretaria 12 de La Plata,  para denunciar el incumplimiento de la medida cautelar vigente y las nuevas circunstancias impeditivas para el ejercicio profesional en el marco de la nueva moratoria. 

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Noticias

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente- se manifiesta en la siguiente declaración.
La ley 5177 del 6 de noviembre de 1947 reglamenta el ejercicio de la abogacía y la procuración, y da origen a los Colegios de Abogados con su actual caracterización de entes públicos no estatales, explicitando su razón de ser, sus alcances y funciones.
El Senado de la Provincia de Bs. As., aprobó por unanimidad y sobre tablas, el proyecto de reforma al artículo 5 del Código Contencioso Administrativo (E-82-2020-2021), que permitirá, de convertirse en ley, que los justiciables puedan concurrir a demandar a la provincia y sus entes, a los juzgados descentralizados de toda la Provincia, en lugar de hacerlo, como en la actualidad, solo en ciudad de La Plata.
Crónica del III Encuentro de Áreas Penales de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, llevado celebrado de manera digital, los días 29, 30 y 31 de octubre de 2020, organizado por el Colegio de Abogados de Trenque Lauquen-.
El Presidente del Colegio de Abogados de San Isidro. Dr. Santiago Quarneti, analiza todas las cuestiones que abarca el tema y da su visión respecto al alcance del proyecto de ley que ya tiene el visto bueno de la Cámara de Senadores. (Video: MIL HORAS Comunicación)