06
Mar
2019

Registro de la Propiedad Inmueble. Nuevos modelos de oficios obligatorios

El Registro de la Propiedad Inmueble según lo dispuesto en al art. 6º de la Resolución 2809/18 determinó que serán obligatorios a partir del lunes 11 de marzo de 2019 los nuevos modelos de oficio que ponemos a disposición de los interesados.
Ponemos a disposición los archivos con los nuevos modelos de oficios al Registro, que según lo dispuesto en al art. 6º de la Resolución 2809/18, serán obligatorios a partir del lunes 11 de marzo de 2019.
 
(Art. 6.- Establecer que, a partir del 11 de marzo de 2019, todos los órganos judiciales deberán librar indefectiblemente los documentos judiciales dirigidos a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad; utilizando -según corresponda e independientemente del soporte en el que se elaboren- los textos de los modelos supra aprobados”).
 
OFICIO JUDICIAL ANOTACIONES PERSONALES [INHIBICIONES]/ÓRGANOS JURISDIC. PROV. BS.AS.
 
OFICIO JUDICIAL MEDIDA CAUTELAR INMUEBLE [EMBARGOS] /ÓRGANOS JURISDIC. PROV.BS. AS.
 
OFICIO AMPLIATORIO DE  MEDIDAS CAUTELARES EN PROCESO DE INSCRIPCIÓN/ÓRGANOS JURISDIC. PROV DE BS. AS.
Fuentes
REGISTRO PROPIEDAD INMUEBLE PROV. BS. AS.

Noticias

Se ha establecido que se hará efectivo a partir del 12 de marzo de 2018 el funcionamiento de la Mesa de Entradas Virtual para los Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil, de Ejecución Penal y en lo Correccional, Tribunales en lo Criminal, Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal y Tribunal de Casación Penal.
Agregamos dos servicios de información que no reconoce precedente por la trascendencia y la novedad que involucra la forma de su prestación: el acuerdo logrado con la editorial de IJ Editores y un acuerdo con Thomson Reuters La Ley y Abeledo Perrot, por medio del cual, y gracias a la tecnología podemos acercar a sus estudios una biblioteca básica digital.
Las presentaciones de cédulas, oficios, exhortos, rogatorias y otras peticiones dirigidas a la AFIP (cuando no hubiere constituido domicilio procesal) correspondientes a la CABA y Gran Buenos Aires, deberán ser efectuadas exclusivamente en Balcarce 167, CABA, División Oficios, PB, Ventanillas 8, 9 y 10. Interior del país: se considerará domicilio legal del Organismo la Agencia Sede, Agencia, Distrito y Aduanas, respectivas.
Novedad. Un video donde expone el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Guillermo E. Sagués acerca de la nueva ley de honorarios profesionales -14967- en relación a los aspectos más sustanciales de esta normativa. Edición en soporte papel a disposición de los matriculados. (Tabla de honorarios)
Los matriculados pueden informar cualquier violación a la ley 14967. Los datos aportados constituirán un relevamiento de regulaciones contrarias a la ley y a la dignidad del trabajo profesional, que permitirán identificar situaciones concretas de la práctica cotidiana en el ejercicio profesional. El Colegio actuará en consecuencia. Formulario