22
Mayo
2015

Repercusión de un fallo. Declaración de los abogados bonaerenses

Ante la repercusión pública que ha tomado el fallo de la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en la causa “Tolosa, Mario s/ Recurso de Casación”, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, considera necesario señalar a la opinión pública y a los matriculados en general, su postura al respecto mediante la siguiente declaración.

DECLARACIÓN ANTE EL FALLO DE LA
SALA 1 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL  DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
-DE PÚBLICO CONOCIMIENTO-

Ante  la repercusión pública que ha tomado el fallo de la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos  Aires, en la causa “Tolosa, Mario s/ Recurso de Casación”, el Consejo Superior reunido en su sesión del día de la fecha, considera necesario señalar a la opinión pública y a los matriculados en general, su  postura al respecto:

Sin perjuicio de la independencia en materia de interpretación que tienen los jueces al fundar sus decisiones, no es posible soslayar que los magistrados en ejercicio de las facultades propias de su alto emplazamiento institucional como integrantes de un poder del Estado, encargado de las salvaguarda de los derechos y garantías de todos, deben ponderar y ajustar sus resoluciones de modo tal que en ningún caso provoquen conmoción social. Que la previsibilidad de las consecuencias de las sentencias y la vinculación de estas últimas con la realidad a la que los jueces deben ser necesarios tributarios, es un principio esencial que cuando no es respetado suscita supuestos de gravedad institucional según lo ha decidido la Corte Suprema de Justicia de la Nación (causa Penjerek).

Que algunos de los fundamentos de la decisión señalada contienen expresiones, calificaciones y juicios de valor que rebasan cualquier límite de interpretación razonable, incurriéndose en un grave desvío de la actividad jurisdiccional. Ello ha provocado un categórico rechazo por parte de la sociedad en general.

En virtud de estos acontecimientos es tiempo de avanzar hacia una profunda reforma del sistema del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Provincia de Buenos Aires, que posibilite se cumpla el objetivo para el que fue creado conforme a la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

Así también propiciamos la urgente aprobación de un Código de Ética Judicial en cuya concepción deben participar los actores vinculados a la Justicia y entre los cuales de modo obligado se encuentran los Abogados y sus Instituciones Colegiales. 
Consejo Superior. Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. La Plata, 21 de mayo de 2015.

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Fuentes
Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

El COLPROBA, del que forma parte activa y permanente este Colegio, inició la acción de amparo contra la Prov. de Bs.As., motivado en el irregular funcionamiento del servicio de justicia que nos afecta como ciudadanos bonaerense de las garantías constitucionales del acceso a la tutela judicial continua y efectiva, y como abogados el ver cercenada la garantía que protege el derecho al trabajo. Esta acción fue declarada admisible el 18-5-2016.
Nos importa a todos: marcha en repudio al femicidio. NI UNA MENOS. Viernes 3 de junio de 2016: punto de encuentro: Av. de Mayo y L. Saenz Peña a las 17:00. El estado tiene la obligación de impulsar “las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer en el acceso al sistema de justicia para la tutela de sus derechos e intereses legítimos, logrando la igualdad efectiva de condiciones”.
Durante el transcurso de la jornada de ayer -27/5/16- se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria conforme lo establece la ley 5177, sometiéndose a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1/2/2015 al 31/1/2016. Asimismo se celebró el acto eleccionario de renovación de autoridades. Resultados. Registro fotográfico
Asamblea y renovación de autoridades. Convocatoria para la Asamblea: 27/5 a las 8:00 y 9:00 respectivamente. Mesas Receptoras de votos personales: Martín y Omar 339, de 8:00 a 18:00. Colegiados con domicilio real en Pilar votan en Mesa Receptora ubicada en Independencia 445 –Pilar- el 26/5 de 8:00 a 12:00, trasladándose la misma el 27/5 a Martín y Omar 339, de 8:00 a 18:00.
El máximo Tribunal provincial, declara - a instancias del pedido de la colegiación bonaerense- por Res. 887, que incumbe primordialmente a la Suprema Corte el resguardo y la preservación de la regular prestación para que efectivamente se asegure a los habitantes de esta Provincia su legítimo derecho constitucional de acceso a la justicia y su tutela continua y efectiva (arts. 15,164 y 189 de la Constitución Provincial).