26
Abr
2018

Res. nº 260/ 18, Procuración General. Fotografías y copias de IPP

La Resolución nº 260/ 18 de la Procuración General resuelve las dificultades que encuentran los letrados intervinientes en las IPP a la hora de compulsar actuaciones y tomar vista de la mismas, obtener fotografías y/o efectuar el escaneo de las constancias necesarias para el estudio de las actuaciones.

La Resolución nº 260 de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia,  establece:

“...art. 1º: Hacer saber a los Titulares y Funcionarios de las Fiscalías de todos los fueros e instancias de este Ministerio Público, que los letrados patrocinantes  se encuentran habilitados para hacer uso de la facultad de tomar vista y examinar las actuaciones a través de la toma de notas manual o la obtención de copias y fotografías del contenido mediante la utilización de medios electrónicos, tales como escaners, teléfonos celulares o dispositivos similares que cumplan dicha función”.

(La Plata, 23/4/18)

Noticias

Conforme el texto de la ley de la provincia de Buenos Aires nro. 12983 el jueves 16 de noviembre del corriente, se festejará el Día del empleado judicial en el ámbito bonaerense, con cese de actividad judicial para todos los fueros de la Provincia. La noticia ha sido publicada en el portal web de la SCBA. Más abajo se transcribe la ley antedicha.
Se encuentra disponible el servicio de solicitud de partidas en línea mediante un link directo al Registro de las Personas. Los pasos a seguir para completar el trámite y generación de la boleta para su pago. Partidas gratuitas y partidas pagas.
Ante reiteradas medidas de fuerza tomadas por la AJB, este Colegio exige que: se garantice el libre acceso a Tribunales, las Mesas de entradas permanezcan abiertas, funcionarios y jueces estén a disposición de letrados, se reciban todos los escritos y se tomen las audiencias. Protocolo por incumplimientos y cursos de acción.
La “Caratula de Presentación de Documentos Judiciales” implementada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires acompañará a toda la documentación judicial proveniente de órganos jurisdiccionales de la Provincia, con exclusión de la que se refiera a servicios de publicidad y medidas cautelares: será obligatoria a partir del 3/7/17.
A disposición de los interesados los modelos de poder general y especial conforme lo normado por los arts. 284, 285, 363 y 1319 del Código Civil y Comercial (principio de libertad de formas) y los arts. 1015 y 1017 del mencionado Código (en cuanto a la no exigencia expresa de instrumento público para la acreditación del mandato para intervenir en juicio). Jurisprudencia.