- Se hace saber que la Res. 262 del Ministerio de Justicia Provincial emitida el 5 de septiembre del corriente, establece el nuevo llamado a examen habilitante. Es para mediadores judiciales y para que los nuevos postulantes o las que no hayan podido presentar o hayan desaprobado en llamadas anteriores puedan realizar la inscripción.
- Último momento: se extendió la inscripción hasta el viernes 16/9/2016
El Ministro de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, resuelve:
Artículo 1°. Determinar que la próxima inscripción de aspirantes a rendir las evaluaciones exigidas para acceder al Registro Provincial de Mediadores previsto en la Ley W 13.951 y la reglamentación aprobada por Decreto n° 2530/1O, se llevará a cabo en forma on-line en la página web del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a partir del día 5 al día 9 de septiembre de 2016, debiendo presentar los aspirantes las constancias de inscripción y la documentación requerida ante los Colegios de Abogados Departamentales.
Artículo 2°. Los Colegios de Abogados Departamentales procederán a conformar las inscripciones en la página web del Ministerio de Justicia hasta el día 13 de septiembre de 2016 inclusive, mediante una clave de acceso a la base de datos para aquellos postulantes que reúnan los requisitos exigidos para inscribirse en el Registro Provincial de Mediadores; debiendo luego remitir los respectivos legajos a la autoridad de aplicación hasta el día 16 de septiembre inclusive.
Artículo 3°. La lista de inscriptos conformada por las instituciones mencionadas se publicará en la página web del Ministerio de Justicia el día 19 de septiembre de 2016 pudiendo ser observada por el aspirante que no haya sido incorporado, hasta el día 22 de septiembre del mismo año inclusive. La lista definitiva de aspirantes a rendir las evaluaciones, se publicará en la página web del Ministerio de Justicia, el día 28 de septiembre de 2016.
Artículo 4°. La autoridad de aplicación, a través de la Dirección Provincial de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, fijará las fechas de las evaluaciones, a la vez que establecerá las modalidades y forma de llevar a cabo las mismas y determinará sus contenidos.
Artículo 5°. Registrar, comunicar, notificar (Colegios de Abogados Departamentales), publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Texto completo de la resolución 262/16