16
Abr
2014

Solicitan retiro de anteproyecto (ref. arts. 27 y 28 del dto. 2530/10)

Se comunica a los interesados que respecto al anteproyecto relacionado con la reforma de los artículos 27 y 28 del decreto 2310/10, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro ha remitido expresas instrucciones para peticionar su retiro. Actualización: Acta del 16-4-2014.

Conforme las instrucciones formuladas el 15 de abril de 2014 y que fueran adelantadas esta mañana a los Sres. Mediadores mediante la presente publicación - cuyo texto lucía textualmente así:

"A los Sres. Colegas Mediadores:
Se les hace saber que el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro, en la sesión del día de ayer, ha resuelto y remitido instrucción a nuestra representación en la Comisión de Mediación con miras a la reunión fijada en La Plata para el día de la fecha, manifestando que es decisión de este Colegio peticionar formalmente al Consejo Superior el retiro del anteproyecto de reforma de los arts. 27 y 28 del dto. 2530/10 y someter las propuestas a un mayor y pormenorizado análisis. Se haran saber de las novedades en el tema específico. San Isidro, 16 de abril de 2014."

  • Cumplimos en ampliar la información, poniendo a disposición de los interesados para su consulta, el resultado de la reunión antedicha, celebrada hoy:

A los 16 día del mes de abril de 2014, en la sede del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires se reúnen los representantes de la Mesa Directiva del COLPROBA con la Comisión de Mediación del Colproba, representantes de los distintos Colegios Departamentales, a fin de  dar tratamiento a los planteas efectuados por dicha Comisión en relación  a la nota presentada por el máximo organismo Colegial provincial Al Ministerio de Justicia respecto de la modificación del Dec. 2530/10 y Ley 13.951.
Atendiendo A las distintas posiciones planteadas por la Comisión, se resuelve pedir al Ministerio la inmediata devolución de los expedientes y de la nota en cuestión, a fin de proceder a un nuevo análisis de las modificaciones sugeridas oportunamente.
Recibido, se girará a la Comisión de Mediación del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires para su tratamiento.

Noticias

Ante los recientes hechos de público y notorio conocimiento, constituyendo la presente una jornada de reflexión, se ha resuelto suspender la Celebración programada para el día de la fecha con motivo del Día del Abogado.Se comunicará la reprogramación. Juramentos de ingresantes a la matrícula: suspendidos. Feriado Nacional. Decreto 573/2022
Así saludó la Presidenta del Colegio a los participantes de la celebración del Abogado/a 2022: “Es este, mi primer discurso como la primera mujer presidenta de este cimero Colegio de Abogados, y quiero hacerles saber mi determinación en la defensa de nuestras incumbencias, de nuestra agenda de futuro, y del inclaudicable compromiso con la fiscalización en la correcta administración de justicia.” Discurso completo. Imágenes.
El Colegio de Abogados de San Isidro radicó una denuncia ante la Subsecretaria de Control Disciplinario de la SCBA por la situación del Juzgado de Familia nro. 1 de Pilar, cuya titular fue licenciada hoy. A través de la labor de la Comisión de Administración de Justicia del Colegio, se colectaron declaraciones de colegas de Pilar por el inadmisible desempeño de la Dra. Mariana Silvia Valentini.
Invitamos a los/las colegas a participar desde el 16 al 23 de agosto a una colecta nacional de la Cruz Roja para fortalecer las acciones humanitarias de su voluntariado en todo el país. Buscan potenciar su misión de contribuir a mejorar la vida de las personas, en especial de aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
El Colegio de Abogados de San Isidro - como integrante activo del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires-, desaprueba y rechaza el poyecto de "Sucesión notarial" por ser notorio y manfiestamente inconstitucional. El proceso sucesorio que pretenden implementar los escribanos, violenta letalmente las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 75 inc.12, 108,116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional Argentina.