07
Nov
2023

Solicitantes de ingreso a la Matrícula. Próximo juramento 15/11/23

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales, el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula del Colegio de Abogados de San Isidro.

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales (Artículo. 50 inciso e - ley 5177 - T.O. por Dec. 180/87 - modificada  por sus similares.12277 y 12548), el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula de nuestro Colegio.

  • Próximo juramento. Fecha: 15 de noviembre de 2023

Alton, Silvina Lorena - Álvarez, Tomas Agustín - Alvira, María Belén - Biafore, Brenda - Boccadoro Verdaguer, Juan Luciano - Calderón, María Fernanda - Cañas, Beatriz Claudia - Cicerone, Christian Nahuel - Harada Fernández, Diana Lucia - Hutnicki, Lucas Pablo Ezequiel - Kastan, Micaela - Kohan, Micaela - Lobártolo, Mariela Alejandra - Lucero Pavón, Francisco José Gabriel - Mattiello, Franco - Morales Privitera, Pablo Julián - Mujica, Luz María Florencia de los Milagros - Nuñez Barreto, Ignacio Oscar - Pulella, Emanuel Rubén - Romano, Miguel - Tebes, Adrián Maximiliano - Visciglia Zubelzú, Gisela Elizabeth.

Noticias

Con profundo pesar el Colegio de Abogados de San Isidro comunica el fallecimiento del Dr. Raúl Armando Ravalli, quien se encontraba matriculado en este Departamento Judicial desde el año 1975. Sus restos serán velados en la Casa de Sepelios sita en la Avda. Maipú nro.2170 de Olivos (frente a la Quinta Presidencial) , en el día de la fecha de 10:00 a 14:00.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."