12
Mayo
2020

Suspendida la vigencia de la Secc. 4ª del Reg.de Funcionamiento de los Colegios

En virtud de la Res. del Min. de Justicia y DH Nº 242/2020 y las que se dicten según el progreso de la pandemia, el COLPROBA dictará una reglamentación uniforme en reemplazo de las normas pertinentes de la Secc.4ta. del Reg. de Funcionamiento de los Colegios de Abogados Departamentales. Elecciones y prórroga de mandatos.

Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. La Plata, 12 de Mayo de 2020

VISTO: ///

Y CONSIDERANDO: ///

RESUELVE:

1º) Suspender la vigencia de la Sección Cuarta del Reglamento de Funcionamiento de los Colegios de Abogados, referido al régimen eleccionario (arts. 104 a 132), a excepción del artículo 107.

2º) Oportunamente, y en base a la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Nº 242/2020 y las que se dicten en el futuro en el mismo sentido de acuerdo al progreso de la pandemia, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires dictará una reglamentación uniforme en reemplazo de las normas pertinentes de la Sección Cuarta del Reglamento de Funcionamiento (con excepción de lo referido en el punto 1º respecto al art. 107), que fije el cronograma electoral para todos los Colegios de Abogados Departamentales.

3º) En base a la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Nº 242/2020 y los fundamentos expuestos en la presente, tener por prorrogados los mandatos de los presidentes, consejeros titulares y suplentes, y miembros titulares y suplentes de los tribunales de disciplina de los Colegios Departamentales, así como las autoridades del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires en los cargos que detenta cada uno, que venzan el 31 de mayo de 2020, hasta tanto se den las condiciones establecidas en el punto 2º) de la presente.

4º) Determinar para los Consejos Directivos de los Colegios de Abogados Departamentales que la prórroga establecida en la emergencia queda restringida a los actos de gestión y administración corrientes que surgen de la normativa vigente, con las facultades previstas en el artículo 19, con excepción de los incisos 15º, 16º y 17º, y artículo 42, con excepción del inciso 11º, de la Ley 5177.

5º) Notificar la presente a los Colegios de Abogados Departamentales, a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires y a la Fundación de Ciencias Jurídicas y Sociales (CIJUSO).

6º) Comunicar la presente al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, a través del Ministerio de Justicia, a la Suprema Corte de Justicia, a la Procuración General y al Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires.

Texto completo

 

 

Fuentes
COLPROBA
Tags

Noticias

En reiteradas notas se ha examinado la función de los Colegios de Abogados. Por nuestra parte y en relación al editorial publicado por La Nación “Abogados sin ética”, damos a conocer a la sociedad el significado que tiene la “Colegiación” para el Colegio de Abogados de San Isidro.
Editado e impulsado por el Colegio de Abogados de San Isidro, un convenio de características interinstitucionales en relación al sistema de Justicia juvenil restaurativa fue firmado hoy por su Presidente, Dr. Santiago Quarneti, junto a autoridades provinciales, judiciales, municipales, académicas y eclesiásticas.
El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro lanza un nuevo desafío: dedicar las III Jornadas Sanisidrenses al tratamiento de las implicancias de las nuevas tecnologías en el Derecho. No falta nada y la invitación está abierta para todos los que deseen participar, será el 18 de octubre.
Se llevaron a cabo exitosamente, en la sede académica del Colegio las denominadas Jornadas en conmemoración del XX° Aniversario de la Implementación del sistema acusatorio en la Provincia de Buenos Aires (1998-2018), las que contaron con la participación de numerosos colegas, distinguidos expertos y la participación del Procurador General de la SCBA Dr. Julio Conte Grand. Imágenes
Declaradas de interés por la SCBA, se llevarán a cabo en la Sede Académica del Colegio de Abogados de San Isidro, Acassuso 442, el miércoles 26 y jueves 27 de septiembre, las jornadas en conmemoración del XX° aniversario de la implementación del sistema acusatorio en la Prov. de Bs.As.(1998-2018). Expositores, temas a tratar.Más decretos.